Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2018 (01/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Jueves 1 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Pronunciamiento del concejo municipal En sesión extraordinaria de concejo, del 13 de agosto de 2016 (fojas 74 a 83), con asistencia del alcalde y cuatro regidores, se sometió a votación el pedido de vacancia presentado en contra de Dustin Zenobio Santos Tito, regidor de la Municipalidad Distrital de Andajes, con el siguiente resultado: 4 votos a favor de la vacancia y 1 voto en contra, por lo que el pedido se aprobó. Esta decisión se materializó mediante Acuerdo de Concejo N° 055-2016/ MDA, de la misma fecha (fojas 84 a 86). Del recurso de reconsideración El 15 de setiembre de 2016 (fojas 98 a 105), Dustin Zenobio Santos Tito interpuso recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo N° 055-2016/MDA, del 13 de agosto del mismo año, con la finalidad que se desapruebe y/o declare infundada la solicitud de vacancia. Pronunciamiento del concejo municipal En Sesión Extraordinaria de Concejo N° 008-2016CM/MDA, del 15 de octubre de 2016 (fojas 135 a 138), con asistencia del alcalde y cuatro regidores, se sometió a votación el recurso de reconsideración interpuesto contra el Acuerdo de Concejo N° 055-2016/MDA, con el siguiente resultado: 3 votos por que se declare fundado y 2 votos por que se declare infundado, por lo que dicho medio impugnatorio se declaró fundado. Esta decisión se materializó mediante el Acuerdo de Concejo N° 059-2016/ MDA, de la misma fecha (fojas 139 y 140). Del recurso de apelación El 2 de noviembre de 2016 (fojas 148 a 154), Adrián Roger Zúñiga Salcedo interpuso recurso de apelación en contra de Acuerdo de Concejo N° 059-2016/MDA. Decisión del Jurado Nacional de Elecciones Elevado el expediente al Jurado Nacional de Elecciones, y llevada a cabo la audiencia pública, mediante Resolución N° 0079-2017-JNE, del 13 de febrero de 2017 (fojas 162 a 172), este Supremo Tribunal Electoral declaró nulo el procedimiento de vacancia, devolviendo los actuados al Concejo Distrital de Andajes para que emita un nuevo pronunciamiento, debiendo incorporar los siguientes documentos: i) Informe de la unidad orgánica correspondiente de la entidad edil, que dé cuenta de si el regidor Dustin Zenobio Santos Tito estuvo encargado del despacho de alcaldía durante el año 2015. De ser así, deberá precisarse los meses y el tiempo de encargatura. ii) Informe de la unidad orgánica correspondiente de la entidad edil, que dé cuenta de si los Memorándums señalados por el solicitante fueron emitidos y si, lo dispuesto en ellos fue ejecutado. iii) Informe de la unidad orgánica correspondiente de la entidad edil, que dé cuenta de si la suma correspondiente al concepto de arrendamiento de los baños de fierro de los meses de junio y julio de 2015, por parte de John Joel Guillén Arellano ingresaron a las arcas municipales. Además, deberá emitirse un informe en el que se detalle cuál es el procedimiento y la persona responsable del cobro de dicha merced conductiva. iv) Informe de la unidad orgánica de la municipalidad distrital, que dé cuenta de si la persona de Pedro Ricardo Flores Zúñiga fue contratada por la entidad edil para realizar trabajos en la entidad edil durante el mes de junio de 2015, para ello deberá remitirse la documentación correspondiente. v) Original o copia certificada del Oficio s/n ­MDSACOMPAÑANTE-PELA-MED ­ 2015, del 18 de marzo de 2015. Nuevo pronunciamiento del Concejo Distrital de Andajes En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 1 de julio de 2017 (fojas 228 a 232), con asistencia del alcalde

y cuatro regidores se sometió a votación el pedido de vacancia presentado en contra de Dustin Zenobio Santos Tito, regidor de la Municipalidad Distrital de Andajes, con el siguiente resultado: 2 votos a favor de la vacancia y 3 votos en contra, por lo que el pedido se desaprobó, asimismo, se declaró fundada la tacha presentada por el mencionado regidor. Esta decisión se materializó mediante Acuerdo N° 019-2017/MDA, de la misma fecha (fojas 227). Recurso de reconsideración El 24 de julio de 2017 (fojas 211 a 219), el ciudadano Adrián Roger Zúñiga Salcedo interpone recurso de reconsideración contra el Acuerdo N° 019-2017/MDA. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Andajes En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 19 de agosto de 2017 (fojas 190 a 199), con asistencia del alcalde y cuatro regidores se sometió a votación, sin embargo, lejos de resolverse el recurso de reconsideración se resolvió el pedido de vacancia presentado en contra de Dustin Zenobio Santos Tito, regidor de la Municipalidad Distrital de Andajes, con el siguiente resultado: 3 votos a favor de la vacancia y 2 votos en contra, por lo que el pedido se aprobó, asimismo, se declaró infundada la tacha presentada por el mencionado regidor. Esta decisión se materializó mediante Acuerdo N° 027-2017/MDA, de la misma fecha (fojas 200 y 201). Recurso de apelación El 11 de setiembre de 2017 (fojas 1 a 7), Dustin Zenobio Santos Tito interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo N° 027-2017/MDA, sobre la base de los siguientes argumentos: a) Se ha aprobado la vacancia sin cumplir con los dos tercios (2/3) del número legal de miembros del Concejo Distrital de Andajes, según lo dispuesto por el artículo 23 de la LOM. b) Se ha vulnerado el derecho a un debido proceso, ya que a pesar de que el escrito de reconsideración no se encuentra sustentado en ninguna nueva prueba se ha cambiado el acuerdo de concejo con la aprobación de la vacancia. c) Se ha vulnerado el derecho a una debida motivación y el debido proceso, ya que no se indican cuáles son los fundamentos por los cuales se ha cambiado el Acuerdo N° 019-2017/MDA, que rechazaba la vacancia, la cual ahora se ha aprobado. d) En el Acuerdo N° 027-2017/MDA no hay pronunciamiento de la reconsideración, ya que ha resuelto aprobar la vacancia sin pronunciarse sobre este medio impugnatorio. e) El acta de sesión extraordinaria donde se aprueba la vacancia, vía reconsideración, no se encuentra firmada, lo que le resta validez a dicho documento, ya que ella debe aparecer con la firma de los miembros del concejo que participaron en dicha sesión extraordinaria, habiéndose consignado solamente en el acuerdo que se apela que se dispensó la lectura y aprobación del acta. f) El Acuerdo N° 027-2017/MDA, con el cual se aprueba la vacancia, se ha emitido en represalia por apoyar el trámite de vacancia interpuesto en contra del alcalde de la Municipalidad Distrital de Andajes por la causal de nepotismo y otros. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN Conforme a los antecedentes expuestos, este Supremo Tribunal Electoral considera que en el presente caso debe determinarse, en principio, si, en el procedimiento de vacancia llevado a cabo en sede municipal, se han observado las garantías que comprende el derecho al debido procedimiento. De ser así, deberá establecerse si el regidor de la Municipalidad Distrital de Andajes incurrió en la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la LOM.

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