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68 NORMAS LEGALES Sábado 14 de julio de 2018 / El Peruano Donde: CF1 = Cuota familiar mensual de la Categoría I. NA1 = Número total de asociados de la Categoría I. NE = Número total de asociados exonerados. NA2 = Número total de asociados de la Categoría II. PA = Presupuesto Anual. FA = Factor de Ajuste (a). FIP = Factor por incumplimiento de pago (b). En la Categoría I se encuentran comprendidos los asociados cuyos predios son utilizados como viviendas o casa-habitación y en cuyo interior utilizan el agua potable principalmente para satisfacer las necesidades domésticas. Categoría II ܨܥଶൌܨܥכܣܨ ଵ Donde: CF2 = Cuota familiar mensual de la Categoría II. CF1 = Cuota familiar mensual de la Categoría I. FA = Factor de Ajuste (a). En la Categoría II se encuentran los asociados que no se encuentran considerados en la Categoría I. A fi n de informar a la Asamblea General sobre el impacto del incumplimiento del pago de cuota familiar por parte de los asociados, el Consejo Directivo puede presentar dos (2) valores de cuota familiar, uno aplicando la fórmula del FIP y otro asignándole a éste el valor de cero (0). Sólo en caso se compruebe que la organización comunal no cuenta con la información necesaria para calcular el FIP, se le asignará a dicho factor el valor de cero (0). (a) Factor de Ajuste El Factor de Ajuste (FA) mide a cuánto equivale el volumen consumido por un asociado de la Categoría I en comparación al volumen consumido por un asociado de la Categoría II. El FA se obtiene aplicando la siguiente fórmula: ࡲ ൌࡹࡼࢂ ࡹࡼࢂ ࡺכ ࡺ Donde: FA = Factor de Ajuste. VCPM1 = Volumen mensual consumido por todos los asociados de la Categoría I. VCPM2 = Volumen mensual consumido por todos los asociados de la Categoría II. NA1 = Número total de asociados de la Categoría I. NA2 = Número total de asociados de la Categoría II. Los valores expresados en metros cúbicos (m3) del VCPM1 y del VCPM2 son propuestos por el Consejo Directivo en base a la experiencia de la organización comunal y deben contar con la aceptación de los asociados de la Categoría I y Categoría II respectivamente, salvo que existan mecanismos de cálculo más idóneos para defi nir dichos valores. A falta de acuerdo entre el Consejo Directivo y los asociados, los valores de la VCPM 1 y VCPM2 son aprobados por la Asamblea General de la organización comunal. (b) Factor por Incumplimiento de Pago El FIP se obtiene aplicando la siguiente fórmula:ࡼࡵࡲ ൌࡼ כ ࡺ Donde: FIP = Factor por incumplimiento de pago. PCA = Promedio de cuotas atrasadas (c). AA = Número total de asociados atrasados. NA = Número total de asociados. (c) Promedio de cuotas atrasadasEl promedio de cuotas atrasadas (PCA) se obtiene aplicando la siguiente fórmula: ܣܥܲ ൌܣܥଵܣܥଶܣܥଷǤǤǤܣܥ ܣܣ Donde: CA1 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 1. CA2 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 2. CA3 = Número de cuotas atrasadas del asociado atrasado 3. CAAA = Número de cuotas atrasadas del último asociado atrasado. AA = Número total de asociados atrasados. El PCA se calcula en base a la información de los doce (12) meses previos al cálculo de la cuota familiar. Si la organización comunal no cuenta con la información correspondiente, éste adopta el valor de cero (0). Anexo N° 4 Fórmula de cálculo para Organizaciones Comunales que cuentan con micromedición El valor de la cuota familiar para organizaciones comunales que cuentan con micromedición se obtiene aplicando la siguiente fórmula: ࡲ ൌ ࢋ࢙ࢇ࢈ࡵ ࢇࢉࡵ Donde: CF = Cuota familiar mensual. Ibase = Importe base (a). Ica = Importe por consumo adicional (b). En caso el asociado no exceda el Consumo Base (CB) previamente aprobado por la Asamblea General de la organización comunal, el valor del Importe por consumo adicional (I ca) es igual a cero (0). El CB se obtiene aplicando la siguiente fórmula: ܤܥ ൌ ܣܰ Donde: CB = Consumo Base expresado en metros cúbicos (m3). PCM = Promedio de la suma de los consumos mensuales micromedidos de cada uno de los asociados de la OC en los últimos doce (12) meses (Incluye los consumos de los asociados exonerados). NA = Número total de asociados de la organización comunal.