Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2018 (30/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 30 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Analítico de Personal de Apertura de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud, correspondiente al ejercicio fiscal 2018; Que, mediante Memorándum Nº 0487-OGPPM-OP/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal hasta por la suma de Seiscientos sesenta millones novecientos once mil seiscientos ochenta y cuatro y 00/100 (S/ 660 911 684,00) en la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud, correspondiente al ejercicio fiscal 2018; Con las visaciones de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF; y, la Directiva Nº 001-82-INAP/DNP, "Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP en las Entidades del Sector Público", aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-DIGESNAP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud, correspondiente al Año Fiscal 2018, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se notifique a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". La Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General publica la presente Resolución Ministerial así como el Anexo al que hace referencia el artículo 1, en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1632020-4

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2018-TR Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 125-2018-MTPE/4/13.2 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Memorándum Nº 2542018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 786-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Que, por Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, consagra el principio de servicio al ciudadano, asegurando que las actividades de las entidades del Poder Ejecutivo se realizarán con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión, inclusión y equidad, así como la participación y transparencia de manera que los ciudadanos tengan acceso a la información; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, se crea el Sistema Nacional de Informática cuyo ámbito de competencia son los mecanismos técnicos para el ordenamiento de los recursos de cómputo y de la actividad informática del Estado, y toda la documentación asociada; la operación y explotación de los bancos de datos y archivos magnéticos de información al servicio de la gestión pública; el desarrollo de planeación sistemática de procesos, métodos y técnicas, apoyadas en ciencia y técnica aplicada, que se establecen con el fin de usar, procesar y transportar información; dicho sistema está integrado, entre otros, por las Oficinas de Estadística e Informática de los Ministerios, encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático, así como de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos de su sector; Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que tiene entre sus ejes transversales al Gobierno Electrónico, que se refiere al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los órganos de la administración pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos; de esa manera, es una herramienta fundamental para la modernización de la gestión pública, en tanto complementa y acompaña la gestión por procesos, apoya el seguimiento y la evaluación, y permite impulsar el gobierno abierto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192011- PCM, se aprueba como actividad permanente la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la administración pública, y su respectiva Guía de Elaboración; Que, mediante documentos de vistos, la Oficina General de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, propone para su aprobación el Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, elaborado en el marco de las disposiciones establecidas en la Guía aprobada por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, y cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo establecido en el inciso e) artículo 28, e inciso d) del artículo 29, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 0202017-TR; Que, por lo expuesto resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Informático - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para los fines correspondientes; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, del Secretario General, de las Oficinas Generales de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones, de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del

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