Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2018 (30/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 30 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan la emisión de duplicado de diploma de Bachiller en Educación de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-084-2018-UNSAAC/ Cusco, 2 de marzo de 2018 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro.802735, presentado por don EMILIANO CHINO CHINO, egresado del Programa de Complementación Magisterial-PROCAM, de la hoy Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, con Código de Matrícula Nro. 029214, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Bachiller en Educación-PROCAM, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nro. 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015 ­SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispone en el Artículo 3.- Modificación de la Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos.- Modifícanse el antepenúltimo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria y la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos: "SEGUNDA.- La emisión de duplicados de diplomas de grados académicos y títulos profesionales se rige por lo establecido en la Ley Nº 28626 - Ley que faculta a las universidades para expedir duplicados de diplomas de grados y títulos profesionales y el TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país aprobado por Resolución Nº 1503-2011-ANR. Para fines del trámite administrativo de duplicado de diplomas por motivos de pérdida, se exceptúa el requisito establecido por el Numeral 5 del Artículo 5º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país aprobado por Resolución Nº 15032011-ANR, referido a la publicación en un diario de mayor circulación del lugar, del aviso de pérdida del diploma y solicitud del duplicado"; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nro. CU-224-2006UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial-PROCAM, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Original de la Constancia de la denuncia policial; 3) Reporte

del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución por la que se le confiere el Grado Académico de Bachiller en Educación-PROCAM; 5) Dos Fotografías; 6) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, mediante Informe Nro. 004-PROCAMFED-UNSAAC-2018, el Director del Programa de Complementación Académica Magisterial-PROCAM y la señora Decana de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación a través del Proveído Nº 0079-2018-F-EDy CsC-UNSAAC, señalan que el Profesor Emiliano Chino Chino, registrado con el Código de Matrícula Nº 029214, egresado del Programa de Complementación Académica Magisterial ­PROCAM, en la Modalidad Presencial, ha sido declarado APTO para optar al grado Académico de Bachiller en Educación, mediante el referido programa, con Título Pedagógico en Educación Primaria en mérito a la Resolución Nº CU-2337-2003-GT de fecha 20 de octubre de 2003; Que, del Informe Nro. 012-2018-GT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que el recurrente optó al Grado Académico de Bachiller en Educación-PROCAM, conforme obra en la Base de Datos y en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nro. 11, encontrándose inscrito en el folio Nº 440, con Resolución Nro. CU-2337-2003-GT de fecha 20 de octubre de 2003, asimismo, se verificó que el diploma del administrado se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU; Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día miércoles 28 de febrero de 2018, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Resolución del Consejo Directivo de la SUNEDU Resolución Nro.009-2015SUNEDU/CD, modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- Autorizar a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN EDUCACIÓN-PROCAM, POR MOTIVO DE PERDIDA, a favor de don EMILIANO CHINO CHINO, con Código Universitario Nro. 029214, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector 1631408-1

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