Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2018 (04/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 4 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

69

nutracéuticas de Prunus Serótina Var. Salicifolia (cerezo), y Passiflora Mollissima (Tumbo), para la revalorización de sus potencialidades", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE, emitida por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) de fecha 06 de setiembre del 2016, en virtud del cual el citado docente en calidad de investigador principal del referido Proyecto, suscribió el Contrato de Financiamiento Nº 24-2016-UNSA de fecha 21 de setiembre del 2016 con el Vicerrector de Investigación de la UNSA. Que, mediante documento del visto, el citado docente en calidad de investigador principal, solicita la autorización de viaje, pago de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, para la presentación de su trabajo de investigación titulado: "Evaluación de Flavonoides y Capacidad Antioxidante en Prunus Serotina Var. Salicifolia (Cerezo) y Passiflora Mollisima (Tumbo) por pisos ecológicos en Cusco, Arequipa y Moquegua ­ Perú, en la modalidad de póster, en el 33º Congreso Latinoamericano de Química, CLAQ y el X Congreso de Ciencias Químicas, Tecnología e Innovación QUIMICUBA' 2018, a realizarse en La Habana, Cuba, del 08 al 12 de octubre del 2018, adjuntando para tal efecto: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº 24-2016-UNSA; b) Copia de la carta de aceptación de fecha 26 de julio del 2018, suscrita por la Dr. Lourdes Zumalacárregui de Cárdenas, Jefe Sesión Tecnología e Ingeniería Química, y por el Dr. Daniel García Rivera, Presidente de la Sociedad Cubana de Química, para que participe en el mencionado congreso; c) Copia de la Resolución Decanal Nº 130-2018-FCNF de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, de fecha 24 de agosto del 2018, con la que se acredita el otorgamiento de la licencia respectiva. Que, la participación del docente en el citado evento internacional con fines de investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del Oficio Nº 4657-2018-CA-SDL-UNSA, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento a través de su Oficio Nº 659-2018-OUPLUNSA, ha señalado que de acuerdo a la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. JUAN ANDRES LOPA BOLIVAR, docente del Departamento Académico de Química de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, para que presente su Trabajo de Investigación titulado: "Evaluación de Flavonoides y Capacidad Antioxidante en Prunus Serotina Var. Salicifolia (Cerezo) y Passiflora Mollisima (Tumbo) por pisos ecológicos en Cusco, Arequipa y Moquegua ­ Perú", en la modalidad de póster, en el 33º Congreso Latinoamericano de Química, CLAQ y el X Congreso de Ciencias Químicas, Tecnología e Innovación QUIMICUBA' 2018, a realizarse en La Habana, Cuba, del 08 al 12 de octubre del 2018, en ejecución del Proyecto de Investigación titulado: "Asociación de la variabilidad genética con las propiedades antioxidantes y nutracéuticas de Prunus Serótina Var. Salicifolia (cerezo), y Passiflora Mollissima (Tumbo), para la revalorización de sus potencialidades", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE de fecha 06 de septiembre del 2016. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado investigador, la Certificación

de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, según siguiente detalle: - Pasajes aéreos : Arequipa-Lima-La Habana-Cuba-La Habana-Lima-Arequipa S/ 2,670.79 Soles Del 07 al 14 de octubre del 2018 - Seguro de viaje : S/ 157.45 Soles - Viáticos : S/ 3290.00 Soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ANA MARÍA GUTIERREZ VALDIVIA Vicerrectora Académica Encargada del Rectorado 1698280-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN N° 1299-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00538 PUEBLO NUEVO - FERREÑAFE - LAMBAYEQUE CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintisiete de julio de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 105-2018-A-MDPN-F, de fecha 12 de junio de 2018, presentado por Wilmer Sencie Llanos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida al regidor Ramón Ríos Asenjo. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.