Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2018 (26/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de octubre de 2018 /

El Peruano

de la Municipalidad Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Julia Hilda Vidal Sotelo, identificada con DNI Nº 19674322, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Quinto.- CONVOCAR a José Antonio Tapia Romero, identificado con DNI Nº 80280777, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Margarita Rosa Ángulo Pérez, identificada con DNI Nº 45203784, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General De la aplicación del numeral 27, del artículo 9 de la LOM 9. De conformidad con el artículo 9, numeral 27, de la LOM, no se puede conceder licencias simultáneamente a un número mayor del 40% de regidores, a fin de salvaguardar el normal funcionamiento del concejo municipal; sin embargo, mediante la Resolución Nº 03412018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, el 19 de junio de 2018, se precisó que excepcionalmente, y solo con la finalidad de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, las licencias, sin goce de haber, solicitadas por los regidores deben ser concedidas por el respectivo concejo municipal, sin tomar en cuenta el porcentaje que limita el otorgamiento de licencias. 10. Con fecha 1 de junio de 2018 (fojas 8 y 7), Brito Julio Cruces Montoya y Leogardis Diosely Domínguez Martínez, regidores del Concejo Distrital de Atico, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante Acuerdo de Concejo Nº 056-2018-MDA, de fecha 19 de dicho mes y año (fojas 3 y 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 11. En el presente caso, se aprecia que los regidores presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en las Resoluciones Nº 0081-2018-JNE y Nº 0341-2018JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2, del artículo 24, de la LOM, para completar el número de regidores, corresponde convocar a los regidores suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar

suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. 12. En ese sentido, resulta procedente convocar a Erika Diana Quispe Huamán de Loaiza, identificada con DNI Nº 47528034 y a Juana Mamani Mamani, identificada con DNI Nº 40713302, candidatas no proclamadas de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el voto en minoría de los señores magistrados Víctor Ticona Postigo y Ezequiel Baudelio Chávarry Correa, en uso de sus atribuciones, RESUELVE, POR MAYORÍA Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Brito Julio Cruces Montoya y Leogardis Diosely Domínguez Martínez, regidores del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Erika Diana Quispe Huamán de Loaiza, identificada con DNI Nº 47528034, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Juana Mamani Mamani, identificada con DNI Nº 40713302, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General Expediente Nº J-2018-00396 ATICO - CARAVELÍ - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO LICENCIA Lima, nueve de julio de dos mil dieciocho. EL VOTO EN MINORÍA DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS VÍCTOR TICONA POSTIGO Y EZEQUIEL BAUDELIO CHÁVARRY CORREA, MIEMBROS DEL PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, ES EL SIGUIENTE: Con relación al Oficio Nº 90-2018-A/MDA, recibido el 25 de junio de 2018, presentado por Calixto R. Alpaca Flores, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, mediante los cuales comunica las licencias, sin goce de haber, que fueron concedidas, entre otros, a los regidores Brito Julio Cruces Montoya y Leogardis Diosely Domínguez Martínez. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de

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