Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2019 (09/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 9 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

23

E. MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN POR REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE LOCALES AUTORIZADOS
Agente de carga internacional Beneficiario de material para uso aeronáutico (BMUA) x x Beneficiario de material para uso aeronáutico (BMUA) x x x Beneficiario de material para uso aeronáutico (BMUA) x x x x x x x

Empresa de Servicio Postal

Transportista o su representante en el país Operador de transporte multimodal Internacional

Empresas de servicio de entrega rápida x x Empresas de servicio de entrega rápida x x x x x x Empresas de servicio de entrega rápida x x x

Condiciones

E.1 Indicación expresa de reducción de local autorizado E.2 No registrar mercancías bajo su responsabilidad en el local a reducir.

x x

x x

F. MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACION POR NUEVOS LOCALES
Agente de carga internacional

Empresa de Servicio Postal

Transportista o su representante en el país Operador de transporte multimodal Internacional

Condiciones

F.1 F.2 F.3 F.4

Indicación expresa del nuevo local a autorizarse. Licencia municipal donde realizará sus actividades. Licencia de almacenamiento, otorgada por la Autoridad Portuaria Nacional, para la prestación del servicio de almacenamiento, en el caso de depósito temporal flotante. Autorización administrativa y técnica otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En cuanto le resulte aplicable, con la información del nuevo local, contar con un portal corporativo que proporcione a sus clientes información actualizada y veraz de: a) La descripción, la tarifa y el tiempo promedio de atención de cada servicio ofrecido como operador de comercio exterior. Esta c ondición no es exigible si esta información figura en el Módulo de Información sobre los Servicios de Logística de Comercio Exterior. b) El estado del servicio contratado que ha sido ofrecido como operador de comercio exterior, a fin de permitir su trazabilidad. Este portal corporativo también incluirá un mecanismo para registrar, de manera electrónica, quejas y reclamos. Esta condición no es exigible si el operador cuenta con un libro de reclamaciones virtual de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código De Protección y Defensa del Consumidor.

x x x

x x

F.5

x

x

F.6 F.7 F.8

En cuanto le resulte aplicable, con la información del nuevo local, contar con un canal de atención para sus clientes. En cuanto le resulte aplicable, con la información del nuevo local, contar con un sistema informático que asegure la trazabilidad de la mercancía y el control del ingreso, permanencia, movilización y salida de las mercancías. Condiciones del rubro de Sistema de Seguridad del Anexo 1, en cuanto le resulte aplicable.

x x x

x x x

G. REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN OTORGADA POR LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA
Agente de carga internacional

Empresa de Servicio Postal

Transportista o su representante en el país Operador de transporte multimodal Internacional

Condiciones

G.1 Indicación expresa de la revocación. Haber cumplido con la entrega, por medios electrónicos, a la Administración Aduanera G.2 de la documentación que está obligado a conservar antes de solicitar la revocación, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del artículo 17 de la Ley. G.3 Haber cumplido con la entrega de las mercancías bajo su responsabilidad.

x x

x x

x x

x x

x x

x x

x x x

x x x

Almacén libre (duty free) x x x

Dueño, consignante o consignatario

Despachador oficial

Agente de aduanas

Almacén aduanero

Almacén libre (duty free) x x x x x

Dueño, consignante o consignatario

Despachador oficial

Agente de aduanas

Almacén aduanero

Almacén libre (duty free) x x

Dueño, consignante o consignatario

Despachador oficial

Agente de aduanas

Almacén aduanero

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.