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24 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 / El Peruano de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la Republica para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo, conforme al Anexo que forma parte integrante de la citada Resolución; Que, mediante O fi cio N° 001178-2019-CG/SGE, la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y en la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribuciones económicas, corresponde a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 74 431,50 (SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 50/100 SOLES), requiriéndose para el año fi scal 2019 el monto de S/ 40 651,05 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 05/100 SOLES), que representa el cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluido el IGV) y el importe total según tarifario, del derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría; así también, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020, por el otro 50% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo auditado 2019; Que, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, mediante O fi cio N° 838-2019-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, sustentando con Informe N° 119-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, remite un proyecto de Resolución Ministerial, para la aprobación de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 40 651,05 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 05/100 SOLES), destinado a la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente al 50% de la retribución económica que incluye el IGV y del 6% del derecho de designación y supervisión, por el periodo auditado 2019, con cargo a los recursos fi nancieros de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, provenientes del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar la mencionada transferencia en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 003193 y la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020; Que, mediante el Memorando N° 1262-2019-PRODUCE/OGPPM, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 392-2019-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 40 651,05 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 05/100 SOLES), autorizada en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Dicha transferencia fi nanciera se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar una Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 40 651,05 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 05/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1838754-3