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31 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 El Peruano / 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el Año Fiscal 2019; Que, mediante O fi cio N° D001522-2019-PCM-SG, la Secretaría General de la PCM, remite a la Secretaría General del Ministerio de Defensa el Informe N° D000080-2019-PCM-OGPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto de la PCM, el cual señala que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, con cargo a su presupuesto para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional; Que, con O fi cios N°s. 06849, 08368 y 09309-2019-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General del MVCS, disponga la transferencia fi nanciera a favor de dicho Ministerio hasta por la suma de S/ 188 190,29 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y 29/100 SOLES), por el apoyo brindado por las FFAA en el presente Año Fiscal; Que, por Memorándum N° 2884-2019-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 653-2019-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera conforme a lo solicitado por la PCM; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 188 190,29 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y 29/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento: 1 Recursos Ordinarios por el apoyo brindado por las FFAA durante el presente Año Fiscal al MVCS, en el marco de la anteriormente señalada Disposición Complementaria Final; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, Decreto Supremo que establece el monto máximo para atender las Operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional Regional y Local; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 188 190,29 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y 29/100 SOLES), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas en el presente Año Fiscal al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Categoría Presupuestal: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina General de Estadística e Informática la difusión de la misma en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Regístrese, comuníquese y publíquese.RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1838753-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio correspondientes a solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 203-2019/SIS Lima, 19 de diciembre de 2019VISTOS: Los Memorandos N° 1481 y 1894-2019- SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 008-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC con Proveído N° 940-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe N° 660-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 679-2019-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado -TUO de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, mediante artículo 2 del Decreto Supremo N° 007- 2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), se precisa que los planes complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional; Que, mediante Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01 “Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud”, modi fi cada con Resolución Jefatural N° 133-2017/SIS, la cual establece