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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (20/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 / El Peruano - Política Nacional de Hospitales Seguros frente a los Desastres, Decreto Supremo N° 027-2017-SA - Lineamientos de Políticas de Salud de los/las Adolescentes, Resolución Ministerial Nº 107/2005/MINSA - Lineamientos de Política del PRONAHEBAS, Resolución Ministerial N° 628-2006/MINSA - Lineamientos de Política y Estrategias para la Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles (ENT) 2016-2020, Resolución Ministerial N° 229-2016/MINSA - Lineamientos de Política de Acceso a Productos Biotecnológicos, Resolución Ministerial N° 259-2016/MINSA - Lineamientos de Política de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Evitable, Resolución Ministerial N° 281-2017/MINSA - Lineamientos de Política de la Promoción de la Salud en el Perú, Resolución Ministerial N° 366-2017-SA Artículo 3.- Precisar que los siguientes documentos de gestión, mantienen su vigencia y no serán actualizados como políticas nacionales, al corresponder a un mandato legal: - Plan Nacional de Telesalud, Decreto Supremo N° 028-2005-MTC - Plan Concertado Nacional de Salud, Resolución Ministerial N° 589-2007/MINSA - Plan Estratégico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis 2010 – 2019, Decreto Supremo N° 010-2010-SA Artículo 4.- Precisar que los siguientes documentos de gestión, mantienen su vigencia y no serán actualizados como políticas nacionales, al tener una naturaleza distinta a una política nacional: - Ley que modi fi ca el artículo 11 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y Garantiza los Derechos de las Personas con problemas de Salud Mental, Ley Nº 29889 - Ley Prevención y control de la Tuberculosis en el Perú, Ley N° 30287 - Ley que declara de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que padecen Enfermedades Raras o Huérfanas, Ley N° 29698 - Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 034-2008-AG - Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Medicina de Rehabilitación, Resolución Ministerial N° 308-2009/MINSA - Norma Técnica de Salud de Plani fi cación Familiar, Norma Técnica N° 652-2016/MINSA - Norma Técnica de Salud para el control del Crecimiento y Desarrollo de la niña y el niño menores de cinco años, NTS N° 137-MINSA/2017/DGIESP, Resolución Ministerial Nº 537-2017/MINSA - Norma Técnica de Salud para la atención Integral de Salud de la etapa de vida Adulto Mujer y Varón, NTS Nº 046-MINSA/DGSP-V.01, Resolución Ministerial N° 626-2006/MINSA - Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores, NTS Nº 043-MINSA/DGSP-V.01, Resolución Ministerial N° 529-2006/MINSA - Norma Técnica de Salud para la atención Integral de Salud en la etapa de Vida Adolescente, NTSº 034-MINSA/DGSP-V.02, Resolución Ministerial N° 973-2012/MINSA - Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Califi cación, y Certi fi cación de la Persona con Discapacidad, NTS N° 127-MINSA/2016/DGIESP, Resolución Ministerial N° 981-2016/MINSA - Norma Técnica de Salud para la implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad – RBC, Resolución Ministerial N° 457-2017/MINSA - Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación, NTS N°141-MINSA/2018/DGIESP, Resolución Ministerial N° 719-2018/MINSA - Directiva Sanitaria de Noti fi cación de Brotes, Epidemias y otros eventos de importancia para la Salud Pública, Directiva Sanitaria N°047-MINSA/DGE-V.0 aprobada por Resolución Ministerial N° 545-2012/MINSA- Directiva Sanitaria de Noti fi cación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, Directiva Sanitaria N° 046-MINSA-DGE-V.01, aprobado por Resolución Ministerial N° 506 -2012/MINSA - Objetivos Sanitarios Nacionales 2007 - 2020 Nº 1: Reducción de Muerte Materna, del Plan Nacional Concertado de Salud aprobado por Resolución Ministerial N° 589-2007/MINSA Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1838974-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2019-VIVIENDA Lima, 19 de diciembre del 2019CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente; señalando que dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; indicando que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al tesoro público; y se aprueban mediante resolución del titular del pliego previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), bajo responsabilidad del titular de dicho pliego; la cual debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, establece el monto máximo de S/ 54 438,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y