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32 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2019 / El Peruano las disposiciones para el reconocimiento, pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de fi nanciamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS; Que, el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, establece el procedimiento para la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales; Que, mediante Memorandos N° 1481 y 1894-2019- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO aprueba las ampliaciones de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestarios N° 449 y 450, respectivamente, para el pago de las prestaciones económicas de sepelio, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF en los Memorandos N° 838 y 1112-2019-SIS-GNF; Que, mediante Informe N° 008-2019-SIS/GNF- SGF/JRGC, la GNF sustenta la necesidad de realizar el reconocimiento de las prestaciones económicas de sepelio de las Unidades Desconcentradas Regionales – UDR Huancavelica, UDR Lambayeque, UDR Lima Metropolitana Norte, UDR Piura II y UDR La Libertad, identi fi cándose un total de siete (07) solicitudes remitidas por dichos órganos, las mismas que corresponden ser fi nanciadas por el importe equivalente a S/ 4,846.00 (Cuatro mil ochocientos cuarenta y seis y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Informe N° 660-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 679-2019-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera viable la emisión de la Resolución Jefatural que apruebe la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, en atención a las solicitudes de las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016-SIS, modi fi cada con Resolución Jefatural N° 133-2017/SIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la programación de los pagos de prestaciones económicas de sepelio por la suma total de S/ 4,846.00 (Cuatro mil ochocientos cuarenta y seis y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondientes a las solicitudes presentadas por las UDR´s Huancavelica, Lambayeque, Lima Metropolitana Norte, Piura II y La Libertad, conforme al Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Tecnología de la Información el registro de los montos reconocidos mediante la presente Resolución en los Formatos Únicos de Atención –FUA del aplicativo informático del Seguro Integral de Salud. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1838969-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Confirman multa impuesta a Telefónica del Perú S .A.A. a través de la Res. N° 0015- 2019-GG/OSIPTEL, al haber incurrido en infracción muy grave RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 166-2019-CD/OSIPTEL Lima, 5 de diciembre de 2019 EXPEDIENTE Nº : Expediente Nº 00034-2018-GG- GSF/PAS MATERIA : Recurso de apelación contra la Resolución N° 229-2019-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. VISTOS: (i) El recurso de apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. (en adelante, TELEFÓNICA), contra la Resolución N° 229-2019-GG/OSIPTEL, mediante la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 0015-2019-GG/OSIPTEL, y en consecuencia, se dispuso confi rmar la multa de DOSCIENTAS CUARENTA Y CINCO (245) UIT, al haber incurrido en la infracción muy grave tipifi cada en la Segunda Disposición Complementaria Final de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, aprobado por Resolución Nº 081-2017-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias, (en adelante, Normas Complementarias del RENTESEG) para los meses de noviembre de 2017 a febrero 2018. (ii) El Informe Nº 263-GAL/2019 del 2 de diciembre de 2019, de la Gerencia de Asesoría Legal, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el recurso de apelación, y (iii) El Expediente Nº 00034-2018-GG-GFS/PAS y el Expediente de Supervisión N° 00026-2018-GG-GFS. CONSIDERANDO:I. ANTECEDENTES: 1.1 La Gerencia de Supervisión y Fiscalización (en adelante, GSF) mediante carta N° 529-GSF/2018 notifi cada el 24 de abril de 2018, comunicó a TELEFÓNICA el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) al haber incumplido con lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto Supremo N° 009-2017-IN 1 (en adelante, Reglamento del RENTESEG) respecto a los meses de noviembre de 2017 a febrero 2018. 1.2 Mediante carta N° 1532-GSF/2018 noti fi cada el 26 de setiembre de 2018, la GSF comunicó a TELEFÓNICA la variación del artículo que cali fi ca la posible infracción administrativa formulada en el presente PAS, estableciéndose que el mismo se seguirá por la supuesta infracción tipi fi cada en la Segunda Disposición 1 A través del cual se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana.