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37 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, para financiar gastos efectuados por el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus programas sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2019-MIDIS Lima, 30 de diciembre de 2019VISTOS:El Memorando N° 1561-2019-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 550-2019-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 786-2019-MIDIS/VMPS/DGACPS, emitido por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe N° 65-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OP, emitido por la O fi cina de Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 351-2018-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, correspondiente al Año Fiscal 2019, de conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone, durante el Año Fiscal 2019, que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerza Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar Transferencias Financieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA y/o PNP supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente, para lo cual se señala que tal monto máximo se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final señala que las transferencias fi nancieras a las que se re fi ere el párrafo precedente se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar si el Pliego Ministerio de Defensa o Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fi jado por la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM y de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, se establece como monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado al pliego 026 Ministerio de Defensa para las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios, la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 54 438,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para la atención de las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, lo cual es fi nanciado con cargo al presupuesto institucional autorizado del Pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, al respecto, mediante el O fi cio N° D001522- 2019-PCM/SG y el Informe N° D000080-2019-PCM-OGPP, la Presidencia del Consejo de Ministros informa que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2019-PCM, en el marco de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, en tal contexto, mediante Resolución Ministerial N° 128-2019-MIDIS, se autoriza una Transferencia Financiera hasta por la suma de DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES Y 59/100 SOLES (S/ 2 008 183,59), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a fi n de fi nanciar los gastos por el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS y al Programa Nacional de Asistencia Solidaria – Pensión 65, durante el Año Fiscal 2019; Que, mediante informe N° 786-2019-MIDIS/VMPS/ DGACPS, la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, luego de la evaluación realizada, en el marco de su competencia y funciones, emite opinión favorable para efectuar una Transferencia Financiera, hasta por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO Y 49/100 SOLES (S/ 297 094,49) a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a fi n de fi nanciar el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, al Programa Nacional de Asistencia Solidaria – PENSIÓN 65 y a la Sede Central del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Memorando N° 1561-2019-MIDIS/ SG/OGPPM e Informe N° 65-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OP, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina de Presupuesto, respectivamente, luego de la evaluación realizada en el marco de su competencia y funciones, emiten opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia Financiera, del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social al Pliego Ministerio de Defensa, requerida por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, para fi nanciar los gastos del apoyo de las fuerzas armadas a los programas sociales en el marco de los dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, en virtud de lo antes expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO Y 49/100 SOLES (S/ 297 094,49), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, destinada a fi nanciar los gastos efectuados por el apoyo de las Fuerzas Armadas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus programas sociales, conforme a los dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público