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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2019 (22/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 22 de enero de 2019 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N.º 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698 y modi fi cada por la Ordenanza N.° 1881, publicadas en el Diario O fi cial El Peruano el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la entidad, así como la facultad para nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT; Que, con Resolución Jefatural N.° 001-004-00003186 de fecha 30 de setiembre de 2013, se cali fi có como puesto de con fi anza el cargo de Gerente del SAT; Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.º 1698, modi fi cado por la Ordenanza N.° 1881; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Luis Armando Descalzi Santos como Gerente de Informática del SAT, a partir del 4 de enero de 2019. Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha al señor Luis Armando Descalzi Santos, en su calidad de Gerente de Informática, como Responsable del Portal de Transparencia del SAT. Artículo 3°.- Designar a partir de la fecha al señor Luis Armando Descalzi Santos, en su calidad de Gerente de Informática, como Responsable del Software Público del SAT. Artículo 4°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1733140-1 Encargan a funcionaria como responsable de brindar acceso a la información pública del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL N.º 001-004-00004209 Lima, 8 de enero de 2019.CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N.º 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698 y modi fi cado por la Ordenanza N.º 1881, publicadas en el Diario O fi cial El Peruano el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad, así como la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT; Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-004- 00003668 de fecha 9 de febrero de 2016, se designó a la señora Patricia Geiser Caballero Morán en su calidad de Gerente de Impugnaciones del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 15 de febrero de 2016; Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-004- 00004208 de fecha 8 de enero de 2019, se encargó la Gerencia de Impugnaciones a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama, durante el periodo del 08 al 30 de enero de 2019, con retención de su cargo como Asesora de Jefatura del SAT; Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.º 1698, modi fi cado por Ordenanza N.º 1881; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a la señorita Beatriz Alejandrina Melchor Lezama como funcionario responsable de brindar acceso a la información, pública, durante el periodo del 08 al 30 de enero de 2019, en su calidad de gerente encargada de la Gerencia de Impugnaciones del SAT. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL FILADELFO ROA VILLAVICENCIO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1733146-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Beneficio de Pronto Pago para el Ejercicio 2019 de obligaciones tributarias en el distrito de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 560/MDC Comas, 16 de enero de 2019EL ALCALDE DISTRITAL DE COMASEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 16 de enero de 2019, el proyecto de ordenanza que establece el bene fi cio de Pronto Pago de las obligaciones tributarias (Impuesto predial y arbitrios municipales), para el ejercicio 2019; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo 74º de la Constitución y el segundo parágrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante el D.S. Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 41º del TUO en comentario, establece que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones respecto, de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;