Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 23 de enero de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ubicada en la Isla Rey Jorge o 25 de mayo, Antártida, del 24 de enero al 16 de febrero de 2019; así como a participar en la Campaña Antártica Española 2018-2019, del 17 al 22 de febrero de 2019, a fin de cumplir funciones de su especialidad, de acuerdo al siguiente detalle: MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS ­ INSTITUTO GEOLOGICO, MINERO Y METALÚRGICO (INGEMMET) · Señor Wai Long NG Cutipa, del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico. Artículo 2.- Los gastos de participación del siguiente personal, por concepto de viáticos en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 24 al 26 de enero de 2019, en la etapa de despliegue, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártida, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) días calendario al término de la expedición de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Clase Económica US$ 1,400.00 Viáticos por día US$ 370.00 Total Viáticos US$ 740.00

Nombres y Apellidos Wai Long NG Cutipa

N° de días 2

Artículo 3.- Los gastos de participación del siguiente personal durante su permanencia en la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), del 30 de enero al 16 de febrero de 2019, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896 Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártida, debiendo rendir cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término de la expedición, de acuerdo al siguiente detalle:
20% Viáticos por día US$ 74.00 Total Viáticos US$ 1,332.00

Nombres y Apellidos Wai Long NG Cutipa

N° de días 18

Artículo 4.- Los gastos de participación del señor Wai Long NG Cutipa, durante su permanencia en el buque oceanográfico español Hesperides del 17 al 22 de febrero de 2019, serán cubiertos por el proyecto EXPLOSEA 1 en el marco de la Campaña Antártica Española 2018-2019. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe consolidado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1734044-1

Autorizan viaje a la Antártida de miembros de delegación que participarán como expedicionarios de la ANTAR XXVI en la Estación Científica Antártica "Machu Picchu"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0045/RE-2019 Lima, 21 de enero de 2019

Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico, y en 1989 fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente Antártico; Que, la Política Nacional Antártica prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión, toda vez que es su ente rector; Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR); Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del inciso 13 del artículo 6 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen; Que, el inciso k) del artículo 72 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, dispone como función específica de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos el dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente Antártico; Que, por su parte, es pertinente resaltar que las actividades e investigaciones científicas realizadas en el continente antártico son de interés para el Estado peruano y de interés específico para el Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo ser efectuadas a través de centros de investigación públicos y/o privados, dentro del marco de cooperación interinstitucional; Que, al respecto el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nacional Antártica; Que, en virtud del inciso f) del artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, le corresponde a la Dirección de Asuntos Antárticos el organizar las expediciones científicas a la Antártida, en coordinación con los sectores vinculados; Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI) del 7 de diciembre de 2018 al 15 de marzo de 2019; Que, la citada expedición tendrá como objetivos profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, con Resolución Ministerial N° 744-2018-RE, de 7 de diciembre de 2018, se designó a los miembros de la delegación peruana que participarán como expedicionarios de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI), ubicada en la isla

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