Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de enero de 2019 /

El Peruano

de PLUSPETROL LOTE 56 S.A. del treinta por ciento (30%) de participación en el Contrato a favor de PERINTI LIMITED, SUCURSAL DEL PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 0422005-EM; y en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- De la aprobación de la modificación Aprobar la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 108, aprobado por Decreto Supremo N° 0362005-EM y modificado por los Decretos Supremos N° 051-2008-EM, N° 065-2010-EM y N° 003-2014-EM; a fin de reflejar: i) la fusión por absorción de PLUSPETROL LOTE 56 S.A., como absorbente, y PLUSPETROL E&P S.A., como absorbida; ii) la extensión del plazo de la fase de exploración por tres (3) años; y, iii) la cesión por parte de PLUSPETROL LOTE 56 S.A. del treinta por ciento (30%) de participación en el Contrato a favor de PERINTI LIMITED, SUCURSAL DEL PERÚ, así como la modificación del citado contrato derivada de la cesión que se aprueba en el presente artículo. Artículo 2.- De la autorización para suscribir la modificación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas PLUSPETROL LOTE 56 S.A., WOODSIDE ENERGY (PERÚ) PTY. LTD. ­ SUCURSAL DEL PERÚ Y PERINTI LIMITED, SUCURSAL DEL PERÚ, con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 108, que se aprueba en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1734215-3

INTERIOR
Autorizan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para la ejecución del Plan General de Operaciones N° 012-2018-SUB COMGEN PNP/DIVPLOPE "PANAMERICANOS 2019"
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 011-2019-IN Lima, 22 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo

N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país, servicios públicos esenciales y en los demás casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, poniéndose en peligro la vida, integridad, salud y seguridad de las personas; Que, en los casos descritos en el considerando precedente, la autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervención de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior quien, una vez evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República el que, a su vez, autorizará la actuación de las Fuerzas Armadas mediante Resolución Suprema; Que, mediante la Resolución Suprema N° 194-2017PCM, se crea la Comisión Multisectorial para coadyuvar en las acciones en materia de defensa, seguridad pública e inteligencia, antes, durante y después de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, conformada, entre otros por representantes del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, siendo una de sus funciones, elaborar y proponer medidas de seguridad pasivas y activas de manera integral en la realización de indicado evento deportivo; Que, el Jefe de la División de Planeamiento Operativo de la Sub Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, mediante el Informe N° 0142-2018-SUB COMGEN PNP/ DIVPLOPE, solicita el apoyo de las Fuerzas Armadas (Ejército Peruano, Fuerza Aérea del Perú y Marina de Guerra del Perú), para la ejecución de las operaciones policiales contenidas en el Plan General de Operaciones N° 012-2018-SUB COMGEN PNP/DIVPLOPE "PANAMERICANOS 2019", a efectos de garantizar el orden público, la seguridad e integridad física de los deportistas nacionales y extranjeros, familia panamericana, comitiva, autoridades deportivas y público en general, así como el patrimonio público, privado y libre tránsito vehicular, antes, durante y después del evento deportivo señalado en el considerando precedente, a realizarse desde el 26 de julio al 01 de setiembre de 2019, en las jurisdicciones de Lima, Callao y en la provincia de Pisco del departamento de Ica; Que, a través del documento del Visto, y en atención al requerimiento efectuado por la de la Policía Nacional del Perú, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República, por motivos de seguridad, la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para la ejecución de operaciones policiales de prevención, seguridad, mantenimiento del orden público, intervención contra todo riesgo o amenaza ante la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para su participación en la ejecución del Plan General de Operaciones antes referido; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de intervención de las Fuerzas Armadas Autorizar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para la ejecución del Plan General de Operaciones N° 012-2018-SUB COMGEN PNP/DIVPLOPE "PANAMERICANOS 2019", antes, durante y después de la realización de los de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, a realizarse del 26 de julio al 01 de setiembre de 2019, en las jurisdicciones de Lima, Callao y provincia de Pisco, en el departamento de Ica.

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