Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de enero de 2019 /

El Peruano

ingresos las tarifas vigentes al mes de agosto del año fiscal vigente. e) La ETE toma en cuenta para la proyección de recursos, la venta de activos de la ETE y otros ingresos de capital. Los recursos que se obtengan por este concepto no financian gastos de personal o servicios vinculados a terceros. f) En cuanto a la estimación de los ingresos por las fuentes de financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito" y "Donaciones y Transferencias", se toma en cuenta lo siguiente: f.1) Su estimación comprende los recursos de fuentes internas provenientes de Operaciones Oficiales de Crédito a plazos mayores a un año, y donaciones con agencias oficiales, organismos internacionales, gobiernos y otras entidades domiciliadas o no en el país, así como las asignaciones de líneas de crédito de acuerdo a los respectivos contratos y/o convenios suscritos por la ETE tomando en cuenta las operaciones concertadas (para los años 1, 2 y 3) y por concertar en los años 2 y 3. Asimismo, incluye las operaciones de crédito interno. f.2) En cuanto a los ingresos provenientes de las Operaciones Oficiales de Crédito que hayan sido concertadas por una entidad del Gobierno Nacional o por un Gobierno Regional, los recursos se registrarán durante la fase de ejecución presupuestaria en la fuente de financiamiento "Donaciones y Transferencias". f.3) El detalle de los ingresos por fuente de financiamiento se consigna en el Formato 1-B/ETE "Financiamiento por Operaciones Oficiales de Crédito y Donaciones y Transferencias" generado del Módulo de Programación Multianual. Artículo 29. Reuniones de sustentación de la Formulación Presupuestaria 29.1. Las reuniones de sustentación de la Formulación Presupuestaria entre la DGPP y la ETE se efectúan conforme a los plazos establecidos en el Anexo N° 1/ETE, Cronograma de Reuniones de Programación Multianual Presupuestaria de los Organismos Públicos y Empresas no Financieras (ETE) de los Gobiernos Regionales y Locales, de la presente Directiva. 29.2. La Programación Multianual Presupuestaria y la Formulación Presupuestarias de la ETE, es presentada a la DGPP el último día hábil del mes de setiembre de cada año fiscal, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces. Dicha propuesta se estructura de la siguiente manera: a) Informe Ejecutivo de la propuesta de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, en el que se expone de manera sucinta (máximo dos páginas) los objetivos, ingresos, egresos y metas previstas, debiendo recoger las conclusiones del informe de la Comisión de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. b) Las Fichas y Formatos generados en el Módulo de Programación Multianual y según lo publicado en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a lo siguientes: Indicadores de Desempeño: - Ficha Nº 01/ETE - Indicador de Desempeño según Objetivos Estratégico. Información Complementaria: - Formato 1-A/ETE - Ingresos Mensuales por período del Personal Activo (contrato a plazo indeterminado y determinado) Consignados en la Genérica del Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales, sujetos a régimen privado. - Formato 1-B/ETE - Ingresos de personal sujeto a contrato administrativo de servicios-CAS. 29.3. La DGPP podrá requerir información adicional a fin de complementar el sustento de los trabajos de Programación Multianual Presupuestaria de la ETE.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Pautas complementarias 1. Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, y los organismos públicos y empresas no financieras de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para efecto de sus labores en las fases Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria deben utilizar los Aplicativos Informáticos que le correspondan. 2. Los requerimientos de códigos adicionales a los contemplados en el Clasificador de Ingresos y Gastos, el Clasificador Programático, Actividades, Acciones de Inversión y/u Obras y las unidades de medida, serán solicitados previamente por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, y autorizados por la DGPP, según corresponda. Para el caso de las Finalidades no contempladas en las Tablas de referencia, que requieran ser programadas en Categorías Presupuestales distintas a los Programas Presupuestales, los Pliegos podrán crear códigos adicionales en el Sistema de Gestión Presupuestal. En lo referente a las inversiones se toma en cuenta la codificación única, debidamente registrada en el Banco de Inversiones del Invierte.pe. 3. Todos los documentos que se presenten por efectos de la presente Directiva ante la DGPP, tienen el carácter de Declaración Jurada, y se sujetan a las responsabilidades y consecuencias legales correspondientes. SEGUNDA.- Identificación de brechas de género Las entidades, en el marco de la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, consideran en el proceso de Programación Multianual Presupuestaria y para la priorización de sus gastos, la identificación de las principales brechas de género como un criterio que permita determinar la asignación de los recursos para el cumplimiento de sus objetivos institucionales. TERCERA.- Consultas a la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) Las consultas respecto a lo establecido en la presente Directiva para las fases de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, que no puedan ser absueltas por la Oficina de Presupuesto o la que hagan sus veces en la entidad, podrán ser efectuadas a la DGPP, para lo cual se pone a disposición las siguientes direcciones electrónicas: CORREOS ELECTRÓNICOS - Dirección de Calidad del Gasto Público: dgpp_cgp@ mef.gob.pe. - Dirección de Presupuesto Temático: dgpp_pt@mef. gob.pe. - Dirección de Articulación del Presupuesto Territorial: dgpp_apt@mef.gob.pe. - Dirección de Programación y Seguimiento Presupuestal: dgpp_programacion@mef.gob.pe - Dirección de Normatividad: dgpp_normatividad@ mef.gob.pe CUARTA.- Reportes, Fichas, Formatos y Anexos Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, los Organismos Públicos y Empresas no Financieras de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, utilizan en las fases de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria la información emitida como reporte, según corresponda, en el Aplicativo Informático correspondiente, así como las fichas, formatos, anexos y cronogramas de la presente Directiva, publicadas en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). 1734216-1

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