Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2019 (23/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 23 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, del mismo cuerpo normativo se desprende en el numeral 8) del artículo 9º como una de las atribuciones del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Nº 327-MDPP, se aprobó la Ordenanza que regula la autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacios públicos del distrito de Puente Piedra, de conformidad al numeral 3.2 del Artículo 83º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Ordenanza Nº 1787-MML y sus modificatorias, Ordenanza que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos en Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, constituye un cuerpo legal que cumple con los estándares de actualidad, modernidad, así como de adecuación al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. En este sentido, su vigencia y aplicación en el distrito de Puente Piedra, resulta adecuada y necesaria, en tanto no se apruebe un nuevo proyecto de ordenanza que regule la autorización municipal para el desarrollo de la actividad comercial en espacios públicos, que tenga correspondencia plena con la actual realidad y la problemática del distrito; Que, mediante Informe Nº 001-2019-GDE/MDPP, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico se ha formulado la Propuesta de derogatoria de la Ordenanza Nº 327-MDPP y la puesta en vigencia en el distrito de Puente Piedra, de la Ordenanza Nº 1787-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 1933-MML, y asimismo mediante Informe Legal Nº 004-2019-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se ha considerado viable la propuesta formulada; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º Inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA NUEVO RÉGIMEN DE REGULACIÓN DEL COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 327-MDPP, Ordenanza que regula la autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacios públicos del distrito de Puente Piedra, de fecha 03 de noviembre del 2017. Artículo Segundo.- APLÍQUESE en la jurisdicción del Gobierno Local de Puente Piedra la Ordenanza que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos en Lima Metropolitana la Ordenanza Nº 1787-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 1933-MML. Artículo Tercero.- El Órgano que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos, responsable de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas estará a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1733351-1

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE DE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 18 de enero del 2019, el Informe Nº 002-2019-GPP/MDPP, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual se formula la propuesta de modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; estando asimismo al Informe Legal Nº 010-2019GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Dictamen Nº 001-2019-COAJP-CM/MDPP de la Comisión Ordinaria de Asunto Jurídico y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, del mismo cuerpo normativo se desprende en el numeral 8) del artículo 9º como una de las atribuciones del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 257-2015MDPP se aprobó la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad, y sus modificatorias, el cual constituye la norma administrativa de más alta jerarquía en la Municipalidad e instrumento de gestión que formaliza la estructura orgánica de la entidad y que contiene las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades entre ellas, norma que se basó en su momento en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Decreto que Aprobaba Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, Decreto que actualmente se encuentra derogado. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, norma que busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía. Que, mediante Informe Nº 002-2019-GPP/MDPP, de fecha 09 de enero del 2019, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite propuesta de Modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, y asimismo mediante Informe Nº 010-2019-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se ha considerado viable la propuesta formulada; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º Inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, la cual como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza Artículo Segundo.- DISPONER la derogatoria de normas municipales que contravengan a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 352-MDPP Puente de Piedra, 18 de enero de 2019

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