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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (18/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 18 de febrero de 2019 El Peruano / Fiscalización Ambiental - OEFA, que en Anexo 2 forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, a fi n que continúe con el desarrollo de las acciones conducentes al tránsito del nuevo régimen del servicio civil. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM ALEGRÍA ZEVALLOS Gerenta General 1741946-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan representantes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Huarochirí y ante los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 099-2019-P-CSJLE/PJ Ate, 24 de enero de 2019VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y los o fi cios remitidos por las Municipalidades Distritales de Chaclacayo, Santa Anita, y San Juan de Lurigancho y el o fi cio remitido por el señor magistrado Dante Rojas Guillermo; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, estableciendo en el artículo 13º de la referida norma, que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como supervisar y evaluar su ejecución. Segundo.- Los artículos 15º y 16º de la precitada ley, establecen que tanto el Comité Provincial como los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, serán integrados entre otros por un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la jurisdicción. Tercero.- Estando a lo expuesto, corresponde designar para el presente año judicial, a los Representantes de esta Corte Superior de Justicia, ante los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana y de la Provincia de Huarochirí, así como a los Magistrados que despachan en diversos Órganos Jurisdiccionales como Representantes ante los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Por las consideraciones expuestas, en uso de sus facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se, RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al Señor Doctor Alfonso Ricardo Cornejo Alpaca, como representante de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana para el periodo 2019 - 2020. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Señor Doctor Héctor Federico Huanca Apaza como representante de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Huarochirí para el periodo 2019 - 2020. Artículo Tercero.- DESIGNAR como Representantes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este ante los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) para el periodo 2019 - 2020, a los magistrados que despachan los siguientes órganos jurisdiccionales: 1) Tercer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de La Molina. 2) Segundo Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla. 3) Juzgado Penal de El Agustino, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino. 4) Primer Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Lurigancho. 5) Juzgado de Paz Letrado de Matucana. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Matucana. 6) Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho – Chosica y Chaclacayo, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurigancho - Chosica. 7) Primer Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho – Chosica y Chaclacayo Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo. 8) Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa Anita. 9) Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate. 10) Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Huaycán, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Huaycán. Artículo Cuarto.- DISPONER que la labor a desempeñar por los señores Magistrados integrantes de los Comités de Seguridad Ciudadana, es en adición a sus funciones. Artículo Quinto.- Los Magistrados, asistirán y participarán personalmente en las reuniones convocadas por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana –CODISEC e informar mensualmente o cuando sea requerido de la labor desarrollada en su condición de integrante de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Administración Distrital, Secretaría Técnica del Coresec – Lima Metropolitana y Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Huarochirí, de las Secretarías Técnicas de