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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (18/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Lunes 18 de febrero de 2019 / El Peruano los CODISEC que correspondan al ámbito de competencia de este Distrito Judicial. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.PILAR CARBONEL VILCHEZ Presidenta 1741944-1 Conforman Comisión Especial Encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el año judicial 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 133-2019-P-CSJLE/PJ Ate, 30 de enero de 2019VISTOS:La Resolución Administrativa Nº 609-98-CME-PJ de fecha trece de Abril de mil novecientos noventiocho, el Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha veinticinco de Agosto de mil novecientos noventiocho, la Resolución Administrativa Nº 436-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 27 de Octubre de mil novecientos noventiocho, la Resolución Administrativa Nº 285-2018-P-CSJLE/PJ de fecha 06 de Abril del dos mil dieciocho y el O fi cio Nº 054 -2019-GAD-CSJLE/PJ; y, CONSIDERANDO:Primero.- Que, por Resolución Administrativa Nº 609-98-CME-PJ, de fecha 13 de Abril de 1998, se instauró el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito Judicial, el cual fue reglamentado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 25 de agosto de 1998, con la fi nalidad de convertirlo en un real y efectivo órgano de apoyo a la administración de justicia; Segundo.- Que, el referido Reglamento establece que la autoridad responsable de conducir el proceso de evaluación y selección de los peritos judiciales es el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien podrá asistirse de los Colegios Profesionales o Instituciones Especializadas; Tercero.- Que, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 083-99-SE-TP-CME-PJ, se precisa que el proceso de evaluación y selección de peritos judiciales, estará a cargo de una Comisión Especial; Cuarto.- Que, el Reglamento de Peritos Judiciales establece en su artículo 21º, que cada dos años el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), se someterá a una prueba de Evaluación de Conocimientos, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad y podrá ser supervisado por el Poder Judicial, con la fi nalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional. Quinto.- Que, mediante Resolución Administrativa Nº 285-2018-P-CSJLE/PJ, se dispuso la Revalidación de Inscripción de sesenta y tres Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año 2018. Sexto.- Que, mediante O fi cio de vistos, la Gerencia de Administración Distrital a través de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, remite el Informe Nº 001-2019-CSJRR-UPD-GAD-CSJLE/PJ, emitido por la Coordinadora de Servicios Judiciales, Recaudación y Registros donde solicita se conforme una Comisión Especial Encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Peritos Judiciales del Distrito Judicial de Lima Este, así como la ampliación de vigencia de la Resolución Administrativa Nº 285-2018-P-CSJLE/PJ, a fi n de cumplir lo dispuesto mediante Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ, “Reglamento de Peritos Judiciales”, que en su artículo 21º establece que: “...Cada dos años se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, con la fi nalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional”. En consecuencia, con la facultad conferida a los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia en los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR para el año judicial 2019, la Comisión Especial Encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Conocimientos de los señores Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, que hayan cumplido los dos años de estar integrando la Nómina O fi cial de Peritos Judiciales (REPEJ), con el fi n de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional; la misma que estará integrada por los siguientes magistrados y funcionarios: MAGISTRADO CARGO Adelaida Elizabeth Montes Tisnado Jueza Superior (T), quién lo presidirá Víctor Manuel Tohalino Aleman Juez Especializado (T) Paola Margarita Gabriel Mas Jueza de Paz Letrado (T) FUNCIONARIO CARGO Gerente de Administración DistritalResponsable de la Coordinación de Servicios Judiciales, Recaudación y Registros; quién actuará como Secretaria Técnica. Artículo Segundo.- CONVOCAR a los Colegios Profesionales o Instituciones que representen a los profesionales, especialistas y/o técnicos inscritos en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) de esta Corte Superior de Justicia, a fi n de hacer de conocimiento las disposiciones del presente Proceso de Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales, para el año 2019. Artículo Tercero.- DISPONER que los profesionales o técnicos que participen en el presente proceso deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, además de adjuntar con la Constancia de Habilitación respectiva, para el ejercicio de su profesión u o fi cio. Artículo Cuarto.- PRECISAR que en el año judicial 2019, sólo podrán ser designados para actuar como Peritos Judiciales, aquellos profesionales y/o técnicos, que siendo parte de la Nómina O fi cial del Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), hayan aprobado la presente Evaluación de Conocimientos. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la citada Comisión proceda a coordinar con la O fi cina de Imagen, Prensa y Protocolo de este Distrito Judicial, para la difusión del Cronograma, que se publicará en el portal web de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Sexto.- AMPLIAR la vigencia de la Resolución Administrativa Nº 285-2018-P-CSJLE/PJ, de fecha 06 de abril de 2018, en tanto dure el Proceso de Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales de este Distrito Judicial, con el fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Séptimo.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerente General del Poder Judicial, la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Este, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Coordinación de Servicios Judiciales, Recaudación y Registros y demás interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PILAR CARBONEL VILCHEZ Presidenta 1741945-1