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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (21/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 / El Peruano Arequipa, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Hugo Valdivia Salas, regidor del Concejo Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Yenniffer Elizabeth Rivera del Carpio, identi fi cada con DNI Nº 72754254, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1742992-6 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 2861-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00641 LA JOYA - AREQUIPA - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, siete de setiembre de dos mil dieciochoVISTO el Oficio Nº 334-2018-MDLJ/A, del 7 de agosto de 2018, presentado por Cristhian Mario Cuadros Treviño, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, mediante el cual comunica la licencia por 30 días, sin goce de haber, que le fue concedida con motivo de su participación en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018- PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 6 de junio de 2018, Cristhian Mario Cuadros Treviño, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber (fojas 6), con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, siendo esta concedida en la Sesión de Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de junio (fojas 7 a 10), formalizada con el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 050-2018-MDLJ, de la misma fecha (fojas 11 y 12), por el lapso de 30 días, comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación del artículo 24, primer párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al tercer regidor Juan Alberto Ponce Zegarra (nótese que mediante resolución de la misma fecha, recaída en el Expediente Nº J-2018-00640, se tramita la solicitud de licencia del primer regidor del mismo concejo municipal distrital), identi fi cado con DNI Nº 29360076, para que asuma por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido por el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Benilda Diocelina Amaru Mayta, identi fi cada con DNI Nº 45508895, candidata no proclamada de la organización política Alianza Electoral Vamos Arequipa, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Cristhian Mario Cuadros Treviño, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juan Alberto Ponce Zegarra identi fi cado con DNI Nº 29360076, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándole la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Benilda Diocelina Amaru Mayta, identi fi cada con DNI Nº 45508895, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de