Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (21/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 / El Peruano comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Feliciano Amalio Poma Cáceres, identi fi cado con DNI Nº 28855332, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Johel Humberto Pardo Serbleón, regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Antonio Eliseo Chávez Huamán, identi fi cado con DNI Nº 40723243, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Palco, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1742992-8 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Provincial de Chepén, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 2863-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00705 CHEPÉN - LA LIBERTADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, siete de setiembre de dos mil dieciochoVISTA el O fi cio Nº 052-2018-MPCH/SG presentado, el 21 de agosto de 2018, por María Consuelo Cuneo Morales, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Chepén, departamento de La Libertad, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a Nancy Elizabeth Palacios Linares, Carlos Enrique Paredes Silva y Víctor Manuel Vigo Torres, regidores de la mencionada comuna. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año.2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 10 de junio de 2018. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 10 de junio de 2018. 3. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culmina el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. De la revisión de los actuados se observa, que Nancy Elizabeth Palacios Linares, Carlos Enrique Paredes Silva y Víctor Manuel Vigo Torres, regidores del Concejo Provincial de Chepén, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 036-2018-MPCH, Nº 037-2018-MPCH y Nº 038-2018-MPCH, todos de fecha 3 de julio de 2018 (fojas 2 a 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. Con relación a la licencia sin goce de haber de Nancy Elizabeth Palacios Linares, se debe precisar que si bien esta fue concedida por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre, con vista a dicha autoridad se encuentra postulando como candidata a consejera regional (Expediente Nº ERM.2018013215) dicho periodo debe entenderse que comprende desde el 9 de junio al 7 de octubre de 2018. 7. En el presente caso, se aprecia que los citados regidores presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Víctor Manuel Pedemonte Cabanillas, identi fi cado con DNI Nº 19239268, Manuel Enrique Toro Morales, identi fi cado con DNI 19331603 y Doris Susana Ramírez Hernández, identi fi cada con