Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 23 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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En tanto no se cumpla con el referido supuesto, se emplea los sistemas habilitados por la Policía Nacional del Perú. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 006-2018-IN que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29685, Ley que establece medidas especiales en casos de desaparición de niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad mental, física o sensorial. 1744045-1

11 de junio de 2004 y vigente desde el 19 de julio de 2006; así como, al Código Procesal Penal peruano en aquello que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIANO ARTURO PASTOR VÁSQUEZ a la República Argentina, formulada por la Sexta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Elena Yanet Oros Martel; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, conforme al Tratado vigente y la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1744045-3 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2019-JUS Lima, 22 de febrero de 2019 VISTO; el Informe Nº 104-2014/COE-TC, del 11 de julio de 2014, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados (ahora Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas), sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano FERNANDO JESÚS DEL SOLAR CACHO a la República Argentina, formulada por la Segunda Sala Penal Transitoria de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, en agravio de Ramón Núñez López y Avelina Adriana De la Cruz Ponte; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 19 de junio de 2014, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano FERNANDO JESÚS DEL SOLAR CACHO, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, robo agravado en grado de tentativa, en agravio de Ramón Núñez López y Avelina Adriana De la Cruz Ponte (Expediente N° 89-2014); Que, el inciso a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a Argentina y Brasil
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2019-JUS Lima, 22 de febrero de 2019 VISTO; el Informe Nº 31-2019/COE-TPC, del 14 de febrero de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIANO ARTURO PASTOR VÁSQUEZ a la República Argentina, formulada por la Sexta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Elena Yanet Oros Martel; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradición activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 7 de febrero de 2019, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JULIANO ARTURO PASTOR VÁSQUEZ para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Elena Yanet Oros Martel (Expediente N° 21-2019); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante el Informe Nº 31-2019/COE-TPC, del 14 de febrero de 2019, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa del requerido, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Elena Yanet Oros Martel; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito el

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