Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 23 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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CITEacuícola Ahuashiyacu", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 225-2016-ITP/DE, corresponde derogar la citada Resolución; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo Nº 88-2001PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE:

Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu CITEacuícola Ahuashiyacu". Artículo 2.- Aprobar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu CITEacuícola Ahuashiyacu", en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto. Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo 1.- Derogar la Resolución Ejecutiva Nº 2252016-ITP/DE, que aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y

GONZALO VILLARAN CORDOVA Director Ejecutivo

RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 43-2019-ITP/DE ANEXO
TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACION PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA ACUÍCOLA AHUASHIYACU - CITEacuícola Ahuashiyacu Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Hora Hora Hora Hora Hora Hora Solicitud dirigida al Director/a del Órgano con carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00FR-0001 Hora Valor del Servicio (Soles) % UIT

SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA 001 002 003 004 005 006 007 Producción y levante de alevines en la actividad acuícola. Producción de carne en la actividad acuícola. Competitividad acuícola. Especializada para la producción de carne de Tilapia. Especializada para la producción de carne de Paco o Gamitana. Especializada para la producción de carne de Paiche. Servicio básico, para la producción de carne de Tilapia, Paco, Gamitana y Camarón. 27.70 27.40 26.90 26.60 26.40 26.20 26.80 0.66 0.65 0.64 0.63 0.63 0.62 0.64

SERVICIO DE CAPACITACIÓN 008 009 010 011 Buenas prácticas acuícolas con enfoque en bioseguridad. Optimización de recursos en el sistema de alimentación del cultivo acuícola. Negocios acuícolas con modelo canvas. Rentabilidad y sostenibilidad acuícola.

Hora Hora Hora Hora

3.40 3.50 3.70 4.20

0.08 0.08 0.09 0.10

INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN (I+D+i) 012 013 014 Formulación de proyectos de innovación o transferencia tecnológica. Formulación de planes de negocio para la acuicultura. Formulación de plan de inversión para la actividad acuícola. Hora Hora Hora 30.70 31.20 31.30 0.73 0.74 0.75

Nota: * El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITE. * El Valor del servicio expresado en soles no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). * Los servicios brindados fuera de las instalaciones del CITE, no incluyen gastos por alimentos, transporte y hospedaje; estos se describirán en la propuesta económica presentada por el CITE.

1743161-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0113/RE-2019 Lima, 21 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, la última Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Lima se llevó a cabo el 4 de febrero de 2019 en la ciudad de Ottawa Canadá, ocasión en la cual se reafirmó el compromiso para promover y desarrollar iniciativas de coordinación regional en respuesta a la crisis política y humanitaria en la República Bolivariana de Venezuela;

Que, ante los recientes acontecimientos en la República Bolivariana de Venezuela y a fin de dar seguimiento a los temas abordados en dicho evento, se ha decidido realizar una Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Lima, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 25 de febrero de 2019; Que, en tal sentido, se estima importante la participación del señor Viceministro de Relaciones Exteriores y del Director de Organismos y Política Multilateral de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales en la referida reunión, a fin de dar el debido seguimiento diplomático y político al tema; La Hoja de Trámite (GAC) N.º 294, del Despacho Viceministerial, de 18 de febrero de 2019; y el Memorándum (OPR) Nº OPR00021/2019, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 19 de febrero de 2019, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º

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