TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Domingo 24 de febrero de 2019 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN, REAJUSTE Y MODIFICACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL - SECCIONES VIALES P.J. PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN ZONA H DEL DISTRITO DE ATE APROBADO CON ORDENANZA N° 192-MDA DE FECHA 07.07.2008. Artículo 1°. - APROBAR; la Actualización, Reajuste y Modi fi cación del Planeamiento Integral - Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycán Zona H del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, que comprende la asignación y modi fi cación de las secciones viales de los denominados Pasaje 15B (UCV 126), Pasaje 15A (UCV 126), Prolongación del Pasaje 24 (UCV 127), Prolongación de la Calle 4 (UCV 128), Calle N° 1 (UCV 129), Calle N° 2 (UCV 129), Calle 4 (UCV 129) y Calle 3 (UCV 129), con módulos viales normativos de acuerdo al artículo 8° del Capítulo II Diseño de Vías del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE), con el Plano Signado con el N° 003-2018-PI-GDU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de 10 años, conforme indica el artículo 39° del Capítulo V de la Norma GH.020 del RNE; precisándose que la Ordenanza aprobada comprende solo secciones viales más no afectará otros aspectos de la trama urbana; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2°.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a través de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social – Subgerencia de Participación Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza y el Plano que forma parte de ella. Artículo 3°.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, Subgerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones para su conocimiento y fi nes de acuerdo a su competencia. Artículo 4°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”; asimismo, simultáneamente deberá publicarse en el Portal Institucional de la Entidad (www.muniate.gob.pe). DISPOSICIÓN FINAL Primera.- DETERMINAR; que los expedientes en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1743711-1 Aprueban actualización, reajuste y modificación del Planeamiento Integral - Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycán Zona K ORDENANZA N° 493-MDA. Ate, 4 de Febrero del 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de Febrero del 2019; visto, el Dictamen N° 002-2019-MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° (modi fi cado por Ley N° 28607), establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que es función especí fi ca exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos licencias y realizar fi scalizaciones de Habilitaciones Urbanas, construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acápite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del artículo 79° de la Ley N° 27972); Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de Habilitación Urbana que se llevan a cabo sobre dicho sector, a fi n de garantizar el desarrollo económico de la ciudad y su correspondiente inserción en el continuo urbano de la ciudad; Que, el Reglamento Nacional de Edi fi caciones Titulo II, Capitulo IV, Artículo 7.4, establece que el Planeamiento Integral comprende la de fi nición de vías primarias y la zonifi cación de la totalidad de los predios, cualesquiera que fuera su área; siempre que éste se encuentre comprendido en su totalidad dentro del Plan Regulador de Expansión correspondiente, siendo de carácter obligatorio que las habilitaciones futuras, cualesquiera que fuera el propietario y una vez aprobado sea inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Públicos teniendo una vigencia mínima de 5 años, salvo que dentro del término se apruebe o fi cialmente, un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral. Asimismo, el Art. II-XV-2.5, establece que cuando una isla rustica inter fi era con el desarrollo urbano de una zona, a juicio del Concejo Municipal correspondiente, éste efectuará el Planeamiento Integral de la o las propiedades que conforman dicha isla y con ese Planeamiento, el Concejo noti fi cara a los propietarios para que en un plazo de 2 años dejen habilitados sus terrenos, con sujeción al Planeamiento O fi cial; Que, de acuerdo al Plano de Reajuste Integral de Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y IV de Lima Metropolitana aprobado mediante Ordenanza N° 1099-MML de fecha 12 de Diciembre de 2007, el ámbito de estudio de la propuesta de modi fi cación y/o actualización del Planeamiento Integral Zona K Huaycán, se encuentra califi cada en zona de Residencial Densidad de Media (RDM); Que, el espacio de estudio es comprendido en parte de los Sectores Catastrales N° 42 y 46 de la Zona 07 del Distrito de Ate Vitarte, que abarca un área 413,925.6270 m2., aproximadamente encerrado en un perímetro de 3,940.7829 ml.; Que, mediante el Plano N° 012-2007-Pl-SGPUC-GDU/ MDA, aprobado por Ordenanza N° 172-MDA, de fecha 19 de Diciembre 2007, se establece un marco normativo para la de fi nición de las vías locales que comprende la Zona K del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán - Ate, donde se ha veri fi cado que la mayoría de las vías no cuentan con una sección de vía asignada por lo que no se encuentran defi nidos sus módulos viales y algunos que cuentan con sección de vía asignada se corroboró que los módulos viales no se ajustan a la realidad física o simplemente los módulos viales no se encuentran de fi nidos como las Pistas y veredas de acuerdo al RNE; Que, la propuesta del siguiente Planeamiento Integral, tiene como fi n llevar a cabo la asignación y adecuación de las secciones de vías acorde la realidad física; toda vez que las secciones de vías aprobadas no corresponde a la topografía que guarda la zona y en su mayoría no cuentan con secciones de vías asignadas que de fi nan sus módulos viales; por lo que las vías que se encuentran ubicadas en las Zonas Bajas de la Zona K Huaycán que equivalen a un total de 28 vías a modi fi car y/o actualizar, serán determinadas por las secciones y vías: (L-L); (P-P); (Q-Q); (R-R); (S-S); (T-T); (P’-P’) y (L’-L’), cuyos módulos viales cumplen con lo normado en el artículo 8° del Capítulo II del RNE. Asimismo, las vías que se encuentran ubicadas en la Zonas Altas de la Zona K de Huaycán que equivalen a un total de 69 vías a modi fi car y/o actualizar,