Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2019 (24/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de febrero de 2019 /

El Peruano

serán determinadas por las siguientes secciones y vías: (N-N); (M-M); (Q'-Q'); (V-V); (X-X); (Y-Y); (3-3); (3"-3"); (3'-3'); (B1-B1); (O-O); (B"-B"); (B"'-B"'); (1-1) y (V-V), cuyos módulos viales se acondicionan a la topografía que presenta actualmente; Que, de acuerdo al Informe de Inspección Ocular N° 021-2018-MDA/GDU-SGPUC-JLAG, llevada a cabo el día 29.08.2018 a horas 9:00 am a la Zona K de Huaycán según el Plano de Propuesta (Lamina 01) de fecha Julio/2018, se verificó que la zona K comprende organizaciones sociales ubicados tanto en la zona baja y zonas Altas. Donde la Zona Baja comprende un total de 28 vías a modificar y/o actualizar, las mismas que presentan a lo largo de su proyección una topografía semi plana de tierra compactada y/o afirmada, con algunas veredas antirreglamentarias habilitadas en tramos pequeños mientras que en otros tramos éstas no se encuentran habilitadas; asimismo, por dichas vías se observa la transitabilidad de vehículos menores como motocard y vehículo de peso liviano; por otra parte la Zona Alta de la referida zona comprende un total de 69 vías a modificar y/o actualizar, las mismas que se encuentran ubicadas en las laderas, la mayoría de las vías son pasajes peatonales, algunas comprenden escaleras de concreto armado simple con ancho de 2.20 ml aproximadamente, con pasos, contrapasos y descansos antirreglamentarios, así como tampoco cuentan con barandas de seguridad, mientras que otras no se encuentran habilitadas son utilizadas en forma de trochas carrozables, en algunos casos se encuentran obstruidos por montículos de tierra y gravas, cabe precisar las zonas altas cuentan con vías de accesos principales habilitados en forma de trochas carrozables, las cuales en su mayoría cuentan con muros de contención a lo largo de su proyección mientras que otros en tramos pequeños, el ingreso de vehículos menores como motocard y vehículo liviano son permitidos en estas vías, el cual facilitaba el traslado de los habitantes de un lugar a otro, mejorando de alguna manera la calidad de vida; Que, mediante Informe N° 158-2018-MDA/GDUSGPUC-APU-JLAG se opina que técnicamente es viable la modificación y/o actualización del Planeamiento Integral ­Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycán Zona K aprobado con Ordenanza N° 172-MDA de fecha 19 de diciembre de 2007, signado con Plano N° 012-2007-PI-SGPUC/MDA; asimismo, mediante Informe N° 1560-2018-MDA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que teniendo en consideración la evaluación técnica realizada por la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro y de la Gerencia de Desarrollo Urbano y en virtud de la Ordenanza N° 172MDA que aprobó el Planeamiento Integral del Sector Catastral 50 y parte del Sector Catastral 46 denominada Zona K del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, resulta factible la actualización del Reajuste y Modificación del Planeamiento Integral; Que, el artículo 8° del Capítulo II de la norma GH.010 establece que los Planeamientos Integrales deberán de ser respetados por todos los predios independizados, y tendrá una vigencia de 10 años; asimismo, el artículo 39° Capítulo V de la Norma GH.020 establece que el Planeamiento Integral aprobado tendrá una vigencia de 10 años [......] en ese sentido se precisa, que el Planeamiento Integral-Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycan Zona K Huaycan-Ate, aprobado con Ordenanza N° 172-MDA de fecha 19 de Diciembre del 2007 a la fecha se encuentra sin vigencia al haberse cumplido los 10 años, el día 19 de Diciembre del 2017, a la actualidad han transcurrido aproximadamente 10 meses más. Siendo de suma necesidad su actualización a fin de poder dar las facilidades correspondientes a los administrados, a fin de poder realizar sus trámites para mejoramiento de vías, veredas y pistas y/o muro de contención, así como servirá de ayuda a algunos pobladores que no han podido gestionar sus servicios básicos (luz, agua y desagüe) ante las empresas prestadoras de servicios; Que, la Municipalidad de Ate, es la autoridad municipal que tiene potestad para promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de independización y habilitación urbana que se lleven a cabo sobre dicho sector, a fin de garantizar el desarrollo armónico de la ciudad y la correspondiente inserción en el continuo

urbano, debiendo respetarse el trazo urbanístico de las manzanas y la definición de las vías primarias y secundarias, la sección y los derechos de vías, así como los aportes reglamentarios para recreación pública y servicios públicos complementarios a fin de regularizar las habilitaciones urbanas del sector del Planeamiento Integral, estableciéndose la afectación predial correspondiente; Que, mediante Dictamen N° 002-2019-MDA/CDUIP, la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba la Actualización, Reajuste y Modificación del Planeamiento Integral ­ Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycán Zona K del Distrito de Ate, aprobado con Ordenanza N° 172-MDA, indicando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTICULO 9° Y ARTICULO 40° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN, REAJUSTE Y MODIFICACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL - SECCIONES VIALES P.J. PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN ZONA K DEL DISTRITO DE ATE APROBADO CON ORDENANZA N° 172-MDA. Artículo 1°.- APROBAR; la actualización, reajuste y modificación del Planeamiento Integral - Secciones Viales P.J. Proyecto Especial Huaycán Zona K del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, que comprende la asignación y adecuación de las secciones viales acorde a la realidad existente y a la topografía que presenta la zona, con módulos viales normativos de acuerdo al artículo 8° del Capítulo II Diseño de Vías del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), con el Plano signado con el N° 001-2018-PI-GDU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de 10 años, conforme indica el artículo 39° del Capítulo V de la Norma GH.020 del RNE; precisándose que la Ordenanza aprobada comprende solo secciones viales más no afectará otros aspectos de la trama urbana; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2°.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a través de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social ­ Subgerencia de Participación Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza y el Plano que forma parte de ella. Artículo 3°.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Artículo 4°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, simultáneamente deberá publicarse en el Portal Institucional de la Entidad (www. muniate.gob.pe). DISPOSICIÓN FINAL Primera.- DETERMINAR; que los expedientes en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1743711-2

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