Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2019 (08/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Sábado 8 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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ambos juzgados registran en promedio una carga inicial e ingresos de 52 y 200 expedientes, respectivamente, proyectando al mes de diciembre del presente año un ingreso promedio de 1,050 expedientes, y considerando que la carga máxima para un juzgado de trabajo de la referida subespecialidad es de 680 expedientes anuales, evidenciaría una situación de "sobrecarga procesal", a pesar del muy buen avance promedio registrado del 24%, porcentaje superior al ideal del 18% a dicho mes. En tal sentido, concuerda con la propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo respecto a reubicar el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a la Corte Superior de Justicia de Piura como 6º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Piura, con turno abierto y competencia funcional para el trámite de los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT); y asimismo, recomienda que el 1º Juzgado de Trabajo Permanente y el 5º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura le redistribuyan respectivamente de manera aleatoria, la cantidad de 50 y 40 expedientes en etapa de trámite. b) Mediante Acuerdo Nº 560-2019 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso que la Plaza de Asistente Judicial del ex Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna se mantenga en el referido Distrito Judicial; razón por la cual resulta preciso señalar que la plaza CAP de Asistente Judicial del ex Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna, se asigne al 2º Juzgado de Trabajo Permanente de la misma Corte Superior. Tercero. Que, el artículo 82º, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Juzgados a nivel nacional; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 693-2019 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de junio de 2019: HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR - Juzgado Penal Transitorio - Lurín - Juzgado Penal Transitorio - Villa El Salvador HASTA EL 31 DE JULIO DE 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR - Juzgado Penal Transitorio - Reos Cárcel - Villa María del Triunfo Artículo Segundo.- Reubicar, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2019, el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a la Corte Superior de Justicia de Piura como 6º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Piura; con turno abierto y competencia funcional para el trámite de los procesos laborales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque, Piura y Tacna, dispondrán las siguientes acciones administrativas:

a) Que el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, resuelva hasta antes del 30 de junio de 2019, la carga procesal que se encuentra expedita para sentenciar al 29 de junio de 2019, debiendo redistribuir al 3º Juzgado de Trabajo Transitorio la carga pendiente que tenga al 30 de junio de 2019. b) Que el 1º Juzgado de Trabajo Permanente y el 5º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, redistribuyan de manera aleatoria al 6º Juzgado de Trabajo Transitorio de Piura la cantidad de 50 y 40 expedientes en trámite, respectivamente, considerando aquellos expedientes que no se encuentren expeditos para sentenciar ni se haya programado fecha para la vista de causa al 31 de agosto de 2019. c) Que la plaza CAP de Asistente Judicial del ex Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna, se asigne al 2º Juzgado de Trabajo Permanente de la misma Corte Superior. Artículo Cuarto.- Facultar a la Gerencia General del Poder Judicial para que a través su Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, disponga las acciones administrativas pertinentes, para implementar lo dispuesto en el literal c) del artículo anterior de la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- Los Presidentes de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia deberán adoptar las acciones administrativas pertinentes, a fin de evitar el quiebre de juicios en los órganos jurisdiccionales a su cargo. Artículo Sexto.- Disponer que las propuestas de conversión presentadas por la Oficina de Productividad Judicial, se remitan a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, para que en breve término emita el informe respectivo. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejera Responsable del Programa Presupuestal "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR0067, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque, Lima Sur, Piura y Tacna; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1777349-3

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Sétima Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan juez supernumeraria
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 308-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 6 de junio del 2019 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 329356-2019 el doctor Rolando José Huatuco Soto, Juez Superior Provisional integrante de la Sétima Sala Laboral Permanente de Lima, solicita licencia por onomástico por el día siete de junio del presente año.

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