Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2019 (12/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de junio de 2019 /

El Peruano

inversiones, así como el detalle de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y de la lista de los contratos de construcción que apruebe la Resolución Ministerial, se publican como anexos de la citada resolución; Que, en el presente caso, mediante el Informe Técnico Legal Nº 05-2019/DSI de 23 de abril de 2019, PROINVERSIÓN declaró la admisibilidad de la solicitud de acogimiento al Régimen, presentada por la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C. con fecha 12 de abril de 2019, para el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz", al haber realizado la verificación de los requisitos establecidos en el numeral 4.2 del Reglamento. Asimismo, a través del Informe Nº 182-2019-EF/61.01 del 10 de mayo de 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas remite la lista de servicios y contratos de construcción, señalando que la misma coincide y se encuentra comprendida dentro de los códigos señalados en el Anexo 2 del Reglamento, y que son susceptibles de acogimiento al Régimen por parte de la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz"; Que, mediante el Informe Técnico Nº 77-2019-DSI del 6 de mayo de 2019 y el Informe Legal Nº 71-2019-DSI del 14 de mayo de 2019, PROINVERSIÓN ha concluido que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 y se encuentra adecuada a los requerimientos de dicho Decreto Legislativo; precisando que el monto del compromiso de inversión asciende a la suma de US$ 15´213,522.00, que el plazo de ejecución del compromiso de inversión se cuenta a partir del 12 de abril de 2019 hasta el 30 de abril de 2021, teniendo en cuenta como inicio la fecha de presentación de la solicitud del inversionista; Que, mediante el Informe Nº 140-2019-VIVIENDAVMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sustentado en el Informe Nº 03-2019-VIVIENDA-VMCS-DGPPCSDEPPCS/jgm-apc-amu de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, el Sector emite opinión y concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz", cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; precisando en su contenido que la inversión se ejecuta una sola etapa y que el proyecto no contempla una etapa de pruebas, muestras o ensayos; Que, asimismo, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento concluye en que los servicios y contratos de construcción identificados en el Anexo I del Informe Nº 182-2019-EF/61.01 del Ministerio de Economía y Finanzas, son necesarios para la ejecución del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz" y se encuentran vinculados al mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la empresa calificada y de las listas Aprobar como empresa calificada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz", así como aprobar la Lista de Servicios y Contratos de Construcción que, como

Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión Establecer que el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa Edificios Santa Cruz S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz", asciende a la suma de US$ 15´213,522.00 (Quince Millones Doscientos Trece Mil Quinientos Veintidós y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin IGV. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión a cargo de Edificios Santa Cruz S.A.C., dos (02) años y dieciocho (18) días, contados a partir del 12 de abril de 2019 hasta el 30 de abril de 2021. Artículo 4.- Requisitos y características del proyecto Para efectos del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, el proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz" generará renta de tercera categoría; el compromiso de inversión para la ejecución de dicho proyecto es superior al monto mínimo de Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5´000,000.00), sin IGV; y, que tal proyecto cuenta con una etapa preproductiva minima de dos años. Artículo 5.- Cobertura del régimen El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables, consiste en la devolución del IGV que gravó las importaciones y/o adquisiciones locales de los servicios y contratos de construcción, realizadas en la etapa preproductiva, que se señalan en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado "Proyecto Santa Cruz", durante el periodo señalado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Publicación y difusión Encárguese a la Oficina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, así como del Cronograma de Ejecución de Inversión (Anexo II) en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO I I. SERVICIOS Item CIIU 6512 1 2 6520 6619 3 4 DESCRIPCIÓN Seguros Generales Reaseguros Otras actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros Actividades jurídicas Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; consultoría fiscal

Servicios de seguro Servicios de reaseguro

Servicio de gestión financiera 6910 6920 Servicio de asesoría legal

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.