Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2019 (12/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, a través del Informe Nº 000016-2019-BNP-JDGC-ECGF y Memorando Nº 000072-2019-BNP-J-DGC, ambos de fecha 20 de febrero de 2019, el Equipo de Trabajo de Control de Calidad y Gestión de Fondos y la Dirección de Gestión de las Colecciones emitieron opinión favorable al mencionado Manual de Operaciones; Que, con los Informes Técnicos Nº 017-2018-BNPGG-OPP-EMO, Nº 000058-2019-BNP-GG-OPP-EMO y Nº 000062-2019-BNP-GG-OPP-EMO de fechas 10 de diciembre de 2018, 17 y 23 de mayo de 2019, el Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable respecto del Manual de Operaciones, indicando que este ha sido elaborado en el marco de lo dispuesto en el ROF y en los Lineamientos; Que, el Equipo de Trabajo de Modernización señaló que la estructura y los mecanismos de control y coordinación del mencionado Manual de Operaciones tienen como finalidad que la Gran Biblioteca Pública de Lima cumpla con las funciones establecidas en el ROF de manera eficiente; además, que las unidades funcionales establecidas en el referido documento se justifican debido al volumen de operaciones del órgano desconcentrado; Que, adicionalmente, el citado Equipo de Trabajo precisó que, debido a la gran afluencia de público que demanda los servicios brindados por la Gran Biblioteca Pública de Lima, estos necesitan ser monitoreados y coordinados de manera permanente por funcionarios de nivel ejecutivo a cargo de equipos multidisciplinarios, a fin de garantizar el control de la calidad y eficacia en la prestación de estos servicios. En virtud a ello, indicó que los mecanismos de coordinación señalados en el Manual de Operaciones están establecidos por jerarquía funcional; Que, por medio de los Memorandos Nº 1005-2018-BNPGG-OPP, Nº 000579-2019-BNP-GG-OPP y Nº 000610-2019-BNP-GG-OPP de fechas 10 de diciembre de 2018, 17 y 23 de mayo de 2019, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitió su conformidad respecto a lo señalado por su Equipo de Trabajo de Modernización; Que, con el Informe Legal Nº 000125-2019-BNP-GGOAJ de fecha 06 de junio de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica señaló que el Manual de Operaciones de la Gran Biblioteca Pública de Lima cumple con lo contemplado en el artículo 54 de los Lineamientos y en el ROF; por lo que, consideró legalmente viable que se emita el acto resolutivo a través del cual se apruebe el mismo; Que, el inciso 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos establece que "55.2 El MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo (...)." En esa línea, el inciso 30.2 del artículo 30 del ROF dispone que el Manual de Operaciones de la Gran Biblioteca Pública de Lima se aprueba mediante Resolución Jefatural; Con el visado de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; de la Dirección de Gestión de las Colecciones; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normativa pertinente; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Manual de Operaciones de la Gran Biblioteca Pública de Lima, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y su Anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1777756-1

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Designan Secretario Técnico Presidencia Ejecutiva de DEVIDA de la

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 094-2019-DV-PE Lima, 11 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, publicado el 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, el cual establece la estructura orgánica y funcional de la Entidad; Que, el literal n) del artículo 10 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones establece que corresponde a la Presidencia Ejecutiva la designación de los servidores de confianza de DEVIDA; Que, por Resolución Ministerial Nº 293-2014-PCM, publicada el 13 de diciembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Entidad, el cual fue reordenado mediante Resolución de Gerencia General Nº 061-2019-DV-GG; Que, el cargo de confianza de Secretario Técnico de la Presidencia Ejecutiva de DEVIDA, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, se encuentra vacante, por lo que es necesario designar al titular del mismo; Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014PCM; el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado por Resolución Ministerial Nº 293-2014-PCM, y la Resolución de Gerencia General Nº 061-2019-DV-GG, que aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor MARIO GILBERTO RIOS ESPINOZA en el cargo de confianza de Secretario Técnico de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728. Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución al servidor civil antes mencionado; a la Oficina General de Administración, para los fines correspondientes; así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda con su publicación el mismo día de su aprobación. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1778099-1

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