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72 NORMAS LEGALES Jueves 21 de marzo de 2019 / El Peruano referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta institucional; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de comisión, lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA, la Zona con Nivel Muy Alto de Vulnerabilidad denominada solar “El Rancho” de un área de 3,700.00 m2 aproximadamente, ubicado entre la Av. General Garzón N° 2400 y el Jr. Gerónimo de Aliaga del distrito de Jesús María, por un periodo de noventa (90) días. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde, para que dicte las medidas extraordinarias necesarias que se requieran, observando las normas vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal, al Gerente de Administración, al Gerente de Seguridad Ciudadana, Gerente de Desarrollo Urbano, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad coordinar las acciones necesarias para atender la situación de emergencia y eliminar el Nivel Muy Alto de Vulnerabilidad del citado solar. Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento de las Unidades Orgánicas competentes el contenido del presente acuerdo, a fi n de brindar las facilidades conducentes a la ejecución del citado acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de Información y Comunicación, la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María (www.munijesusmaria.gob.pe). Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCIA GODOS Alcalde 1752034-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican el ANEXO N° 1 de la Ordenanza N° 378/MDLM que Apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 y aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2020 de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2019/MDLM La Molina, 19 de marzo del 2019. EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, el Memorando N° 518-2019-MDLM-GM, de fecha 19 de marzo 2019, emitido por la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía para la modi fi cación del Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2020 de la Municipalidad Distrital de La Molina, formulada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y la Gerencia de Participación Vecinal, y que cuenta con el informe favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza N° 378/MDLM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 7 de marzo del 2019, se Apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2020 y se Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de la Molina; Que, mediante el Memorándum N° 161-2019-MDLM- GPV, de fecha 15 de marzo 2019, la Gerencia de Participación Vecinal propone prorrogar hasta el 21 marzo la fecha de inscripciones, y considerar el día 22 de marzo, la fecha de publicación de la relación de inscritos hábiles al proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados para el Año Fiscal 2020, a fi n de tener oportunidad de contar con la mayor cantidad de agentes participantes. Que, mediante el Memorándum N° 420-2019-MDLM- GPPDI, de fecha 15 de marzo 2019, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, señaló que es pertinente la modi fi cación del Anexo N° 1: “Cronograma del Presupuesto Participativo” que forma parte del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año Fiscal 2020 de La Municipalidad Distrital de La Molina, remitiendo el cronograma con las nuevas fechas; Que, mediante el Informe N° 059-2019-MDLM-GAJ, de fecha 18 de marzo 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido su pronunciamiento, concluyendo que, es legalmente procedente la modi fi cación del Anexo N° 1 del referido “Cronograma del Presupuesto Participativo de la Ordenanza N° 378/MDLM, precisando que la modi fi cación debe realizarse mediante Decreto de Alcaldía y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” conforme a Ley; Que, mediante el Informe N° 073-MDLM-GPPDI, de fecha 19 de marzo del 2019, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, remite la documentación sustentatoria, los pronunciamientos favorables de las áreas involucradas, así como el proyecto de Decreto de Alcaldía solicitando continuar el trámite de aprobación; Que, mediante el Memorando N° 518-MDLM-GM, de fecha 19 de marzo 2019, la Gerencia Municipal remite la propuesta de modificación del “Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Ordenanza N° 378/MDLM, que incluye el proyecto de Decreto de Alcaldía formulado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972–Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42° de la norma citada, se señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo municipal; Que, en el artículo tercero de la Ordenanza N° 378/MDLM, se autorizó al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias de la Ordenanza así como para dictar disposiciones modi fi catorias de los anexos del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2020; Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, se evidencia que resultaría necesario modi fi car el Anexo N° 1: “Cronograma del Presupuesto Participativo” que forma parte del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2020 de la Municipalidad Distrital de La Molina para que exista una mayor participación de vecinos del