Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2019 (21/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 21 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje del Superintendente Adjunto de Cooperativas de la SBS, a la República Popular China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1163-2019 Lima, 20 de marzo de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII), que se llevará a cabo del 28 al 31 de marzo de 2019 en la ciudad de Chengdu, República Popular China; CONSIDERANDO: Que, las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) constituyen un foro de debate entre los Gobernadores de estas instituciones, quienes por lo general son los Ministros de Finanzas, Presidentes de Bancos Centrales u otras altas autoridades de los países miembros. Asimismo, asisten representantes de las instituciones financieras multilaterales, de desarrollo y de la banca privada; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Oscar Antonio Basso Winffel, Superintendente Adjunto de Cooperativas, para que en representación de esta Superintendencia, participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Oscar Antonio Basso Winffel, Superintendente Adjunto de Cooperativas de la SBS, del 25 de marzo al 02 de abril de 2019 a la ciudad de Chengdu, República Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 2 705,56 Viáticos US$ 3 000,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1751981-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que aprueba el procedimiento para la identificación, calificación y declaración de áreas de tratamiento con fines de renovación urbana
ORDENANZA N° 572-MDJM Jesús María, 18 de marzo del 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE JESÚS MARÍA, POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria N° 01 de la fecha; VISTO: El Informe N° 94-2019-MDJM/GDU/SCUC de la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, el Informe N° 152-2019-MDJM-GDU-SGOPPU de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano, el Memorando N° 424-2019-MDJM/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 122-2019/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 385-2019-MDJM/GM de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades, encarga a los gobiernos locales la promoción, desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, dentro de sus jurisdicciones; Que, asimismo, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley 27972, dispone que el proceso de planeación local se desarrolle de manera integral, permanente y participativa; articulando a las municipalidades con sus vecinos. En

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