Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2020 (17/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 17 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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de Ventanilla), ubicado en el Distrito de Ventanilla; en ese sentido, dicha Corte Superior desde su creación ha adoptado las medidas necesarias para prestar servicios justos, transparentes, eficaces, no discriminatorios, responsables y que promuevan el acceso a la justicia para todos. Por lo que, a la fecha cuentan con sedes judiciales descentralizadas, donde se brinda un servicio de justicia integral en las especialidades de familia, penal y laboral, por tanto resulta razonable incorporar el Distrito de Puente Piedra, para que su población alcance los servicios de este Distrito Judicial, por cercanía geográfica y porque no irrogaría gastos adicionales a los recursos del Poder Judicial. - El Distrito Judicial de Ventanilla pertenece a las Regiones Policiales de Ventanilla y Lima Norte, motivo por el cual la Presidencia de dicha Corte Superior viene gestionando ante el Ministerio del Interior, la unificación a una sola Región Policial, que les facilitaría las coordinaciones para los procesos penales, lo cual se ha formalizado mediante el Oficio N° 1274-2019-P-CSJV/ PJ. - La incorporación del Distrito de Puente Piedra a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla traería como beneficio contar con el Departamento de Investigación de Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, ubicado en Puente Piedra, ya que geográficamente se encuentra más cerca a los Distritos de Ancón y Santa Rosa, los cuales pertenecen al Distrito Judicial de Ventanilla, y que a la fecha los casos que se presentan son derivados al Departamento Antidrogas del Callao, una dependencia que se encuentra fuera del Distrito Judicial y Fiscal de Ventanilla, por lo que la incorporación del mencionado distrito contribuiría en unificar la atención no solo para Puente Piedra, que tiene una población de 367,700 habitantes, sino también para los Distritos de Ventanilla, Mi Perú, Ancón y Santa Rosa, que en conjunto albergan una población total de 592 490 habitantes; razón por la cual, la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de Ventanilla, en su sesión de fecha 31 de mayo de 2019, manifestó su conformidad con la inclusión del Distrito de Puente Piedra al Distrito Judicial y Fiscal de Ventanilla. - La Corte Superior de Justicia de Ventanilla cuenta con las reformas procesales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Nuevo Código Procesal Penal (en todas las subespecialidades como flagrancia, proceso inmediato, proceso común, corrupción de funcionarios, crimen organizado y violencia de género) y el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; asimismo, se encuentran en proceso de implementación para diciembre del presente año el Expediente Judicial Electrónico en los Juzgados de Trabajo y la Sala Laboral, teniendo como proyectos para implementarse el próximo año: i) La oralidad en el Módulo Corporativo de Familia con Enfoque Terapéutico, y ii) La oralidad en los juzgados de paz letrado, con lo cual el Distrito Judicial de Ventanilla sería la primera Corte Superior con un modelo de oralidad procesal integral en todas las materias judiciales. Noveno. Que mediante Oficio Nros. 119 y 121-2019ALC/MDPP de fecha 22 de noviembre de 2019, el Alcalde del Distrito de Puente Piedra solicitó que se resuelva el pedido efectuado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, respecto a que amplíe la competencia territorial de dicha Corte Superior hacia el referido distrito, y que se tome en cuenta lo informado por la Oficina de Productividad Judicial. Asimismo, con Oficio de fecha 22 de noviembre de 2019, los alcaldes distritales de Ancón, Los Olivos, Puente Piedra, San Martín de Porres y Santa Rosa, que integran la Mancomunidad Municipal de Lima Norte, presidida por el Alcalde de Puente Piedra, solicitan al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que se defina y resuelva el pedido del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, respecto a la ampliación de la competencia territorial de dicha Corte Superior hasta el Distrito de Puente Piedra, señalando que al estar en constante contacto con la población tanto de Puente Piedra; así como de los distritos a su cargo, se encuentran convencidos que la solicitud de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla representa una gestión beneficiosa para la población puente pedrina, que requiere una justicia célere, debido a los siguientes fundamentos:

- La existencia de dos rutas de acceso de Puente Piedra a la sede central de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, las cuales son más rápidas y baratas que el trasladarse de Puente Piedra a Independencia. Señala que históricamente Puente Piedra y Ventanilla han sido uno solo, estando separados de los demás Distritos de Lima Norte que se encuentran al sur del Distrito de Puente Piedra por la frontera natural constituida por el río Chillón, y que además Puente Piedra tiene una fuerte vinculación con los Distritos de Santa Rosa y Ancón, que se encuentran también a 15 y 20 minutos de distancia, respectivamente. Asimismo, señala que el Distrito de Puente Piedra se encuentra más cerca al Distrito de Ventanilla que al Distrito de Independencia, donde funciona la sede central de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y se encuentran las Salas Superiores que conocen las apelaciones de los juzgados de primera instancia, que funcionan en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra. Además, el alcalde de Puente Piedra señala que al poblador puente pedrino, le resulta más barato y rápido ir al Distrito de Ventanilla, a diferencia de lo que ocurre al trasladarse a Independencia, pues en ninguna de las dos rutas existentes para trasladarse a dicho distrito se paga peaje, siendo estas las rutas: 1. En la ruta de la Panamericana Norte y Néstor Gambetta, mediante el uso del servicio de transporte en colectivo directo a Ventanilla, se puede llegar desde el bypass de Puente Piedra hasta la sede de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla en alrededor de 20 minutos. 2. En la ruta del Asentamiento Humano Santa Rosa (Puente Piedra) a Ventanilla, se llega en 10 minutos a la zona de Ventanilla Alta en colectivos que salen de la Alameda del Asentamiento Humano Santa Rosa, llegando al centro de Ventanilla en aproximadamente 20 minutos. Por el contrario, señala que para ir de Puente Piedra al Distrito de Independencia resulta más caro y más largo el recorrido para el poblador puente pedrino: 1. En la ruta por la Panamericana Norte, el viaje dura aproximadamente 55 minutos. Asi como el pago por concepto de peaje de S/. 5.50 soles por vehículo. 2. En la ruta por las Avenidas San Juan y Trapiche, si bien no se paga peaje, el viaje dura aproximadamente 1 hora con 10 minutos. - El Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra no ha sido considerado para poner en práctica la oralización de los procesos civiles. Señala que la Corte Superior de Justicia de Ventanilla aplica la oralidad civil en todos los juzgados civiles, logrando beneficiar así a todos los pobladores de Ventanilla, Pachacútec, Mi Perú, Santa Rosa y Ancón, beneficio al que necesita acceder los pobladores de Puente Piedra. - Los casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar solamente son atendidos en turno por el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra. Señala que las mujeres e integrantes del grupo familiar que son víctimas de violencia familiar sólo son atendidas en función al turno judicial, pero todo el proceso se debe tramitar en el Módulo Judicial Integrado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar con sede en el Distrito de Independencia, lo que significa que la víctima debe trasladarse hasta el Distrito de Independencia para seguir su proceso, con el consiguiente gasto económico y tiempo invertido en el viaje. - Los casos de menores infractores de Puente Piedra se tramitan en la sede de Independencia. Señala que los menores que son intervenidos por infracción a la ley penal no siguen sus procesos en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra, sino que esos procesos son

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