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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2020 (17/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 003-2020-MDM/CM, de fecha 18 de mayo de 2020, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Silvio Valles Lomas y convocar al teniente alcalde, de conformidad con el artículo 24 de la LOM. 4. Por consiguiente, se debe convocar a Manuel Oscar Dreyfus Ríos, identi fi cado con DNI Nº 00030838, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022 5. Asimismo, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Samuel Tananta Díaz, identi fi cado con DNI Nº 00096765, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, por ser el que sigue en la lista conforme al orden de cómputo de sufragio, para que asuma, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Masisea, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 6. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 10 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 7. Finalmente, se precisa que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo primero, ítem 2.31, de la Resolución Nº 0554-2017-JNE, publicada el 9 de febrero de 2018, uno de los requisitos exigidos para la procedencia de la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa por dicho concepto. No obstante, en el caso de autos, la entidad edil no ha remitido el original del comprobante de pago de dicha tasa, equivalente al 8,41% de una unidad impositiva tributaria-UIT. 8. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades del concejo edil, y considerando las circunstancias particulares del caso concreto, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de dicha comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones Nº 0056-2016-JNE y Nº 0150-2017, debe disponer la emisión de las credenciales correspondientes, quedando pendiente la presentación de dicho requisito, lo cual deberá ser subsanado, bajo apercibimiento de ley. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Silvio Valles Lomas como alcalde de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Manuel Oscar Dreyfus Ríos, identi fi cado con DNI Nº 00030838, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Samuel Tananta Díaz, identi fi cado con DNI Nº 00096765, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Cuarto.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, el pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, equivalente al 8,41% de una unidad impositiva tributaria-UIT, bajo apercibimiento de ley.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1871537-1 Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN Nº 0168-2020-JNE Expediente Nº JNE.2020001736 OLMOS - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUECONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADO Lima, veintitrés de junio de dos mil veinte.VISTO el O fi cio Nº 002-202019-MDO/SG, recibido el 7 de enero de 2020, a través del cual la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, remitió, entre otros documentos, el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 107-2019-MDO/CM, que aprobó la suspensión de Adrián Arroyo Soplopuco, alcalde de la referida comuna, por el tiempo que dure el mandato de detención, causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista también el Expediente Nº JNE.2019006824. ANTECEDENTES Trámite de la solicitud de suspensión (Expediente Nº JNE.2019006824) El 5 de diciembre de 2019, Javier Roque Antón solicitó la suspensión de Adrián Arroyo Soplopuco, alcalde de la Municipalidad Distrital de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, con el argumento de que dicha autoridad cuenta con una medida de prisión preventiva por el plazo de veinticuatro (24) meses, dictada por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, en el proceso penal que se le sigue. Ante ello, mediante el Auto Nº 1, del 6 de diciembre de 2019, este órgano colegiado resolvió, por mayoría, trasladar dicha solicitud al Concejo Distrital de Olmos, y le requirió para que cumpla con tramitar la documentación remitida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y conforme al procedimiento fi jado en el artículo 9, numeral 10, así como en los artículos 13 y 23 del citado cuerpo normativo, este último de aplicación supletoria a los procedimientos de suspensión. Por su parte, a través del Oficio Nº 11249-2019-20-1706-JR-PE-08/AJMC, recibido el 13 de diciembre de 2019, el juez del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción remitió copia certificada de la Resolución Nº Cuatro, del 22 de noviembre de 2019, que declaró fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva, formulado por el representante del Ministerio Público por el plazo de veinticuatro (24) meses en contra de la citada autoridad edil.