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110 NORMAS LEGALES Viernes 31 de julio de 2020 / El Peruano Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2009- MTC, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, en cuyo artículo 203° señala que se considera que un vehículo automotor se ha detenido, cuando se encuentre inmovilizado en la vía, por los siguientes motivos: cuando se recoge o deja pasajeros y para cargar o descargar mercancías; Que, asimismo el artículo 216° de la referida norma señala que sólo está permitido el estacionamiento en vías públicas de zona urbana, de vehículos de la clasi fi cación ómnibus, microbús, casa rodante, camión, remolque, semirremolque, plataforma, tanque, tracto camión, tráiler, volquete o furgón, en los lugares que habilite para tal fi n la autoridad competente, mediante la señalización pertinente; Que, mediante el Informe N° 083-2020-SGMUSV- GSC/MM de fecha 19 de junio de 2020, la Subgerencia de Movilidad Urbana y Seguridad Vial eleva a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Interno N° 146-2020-SGMUSV-GSC/MM de fecha 18 de junio de 2020, en el cual se propone el proyecto de ordenanza que regula el uso del espacio público para la carga y descarga de mercancía; el cual tiene por objetivo implementar una política integral que permita hacer frente a la falta de espacios públicos destinados al proceso logístico de traslado de mercancía y dar respuesta a la necesidad de ordenar la llegada y el mal estacionamiento de vehículos de carga en Mira fl ores, más aún en el contexto de lucha contra el COVID-19; Que, mediante Memorándum N° 147-2020-GAC/ MM de fecha 14 de julio de 2020, la Gerencia de Autorización y Control informa a la Subgerencia de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, que la Subgerencia de Fiscalización y Control indica que luego de la evaluación de las sanciones propuestas en la citada ordenanza, recomienda los códigos a incorporar según el detalle que indica en el Informe Técnico N° 523-2020-SGFC-GAC/MM; Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe N° 18-2020-GSC/MM de fecha 14 de julio de 2020, indicando su conformidad respecto al citado proyecto de ordenanza, en atención al Informe N° 103-2020-SGMUSV-GSC/MM de fecha 14 de julio de 2020, emitido por la Subgerencia de Movilidad Urbana y Seguridad Vial, señalando que se han atendido todas las observaciones y consultas emitidas por la Gerencia de Autorización y Control y sus respectivas subgerencias, de acuerdo a sus competencias; Que, a través del Informe N° 135-2020-GAJ/MM de fecha 17 de julio de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto del proyecto COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES