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29 NORMAS LEGALES Viernes 20 de noviembre de 2020 El Peruano / UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0030-2020-CU-UNALM La Molina, 25 de febrero de 2020 VISTO: El Formulario Único de Trámite – FUT, presentado el 04 de febrero de 2020, por Jiménez Jara, Mariana Andrea, ex-alumna de la Facultad de Ciencias; CONSIDERANDO:Que, Jiménez Jara, Mariana Andrea, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Biología, por motivo de pérdida; Que, Jiménez Jara, Mariana Andrea, obtuvo el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Biología, mediante Resolución Nº 302-2004-UNALM, de fecha 23 de junio de 2004, encontrándose inscrito en el Libro Nº 28, Folio Nº 286 del Registro Nº 13065, de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modi fi catorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley Nº 28626 y artículo 310º literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14º del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Anular el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Biología de Jiménez Jara, Mariana Andrea, expedido el 23 de junio de 2004. Artículo 2º.- Expedir el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ciencias – Biología, a favor de Jiménez Jara, Mariana Andrea, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro o fi cial de registro. Artículo 3º.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector ANGEL FAUSTO BECERRA PAJUELO Secretario general 1904128-1 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0031-2020-CU-UNALM La Molina, 25 de febrero de 2020 VISTO: El Formulario Único de Trámite – FUT, presentado el 06 de febrero de 2020, por Angulo Pacheco, Juan, ex-alumno de la Facultad de Industrias Alimentarias;CONSIDERANDO: Que, Angulo Pacheco, Juan, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, por motivo de pérdida; Que, Angulo Pacheco, Juan, obtuvo el diploma de Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, mediante Resolución Nº 44302/UNA, de fecha 02 de agosto de 1984, encontrándose inscrito en el Libro Nº 15, Folio Nº 205 del Registro Nº 3505, de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley Nº 28626 y artículo 310º literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14º del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias de Angulo Pacheco, Juan, expedido el 02 de agosto de 1984. Artículo 2º.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero en Industrias Alimentarias, a favor de Angulo Pacheco, Juan, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro. Artículo 3º.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector ANGEL FAUSTO BECERRA PAJUELO Secretario general 1904128-2 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0085-2020-CU-UNALM La Molina, 12 de marzo de 2020VISTO:El Formulario Único de Trámite– FUT, presentado el 06 de marzo de 2020, por Benavides Fallaque, Jannet Patricia, ex-alumna de la Facultad de Ciencias Forestales; CONSIDERANDO: Que, Benavides Fallaque, Jannet Patricia, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, por motivo de pérdida; Que, Benavides Fallaque, Jannet Patricia, obtuvo el diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, mediante Resolución Nº 536-2006-UNALM,de fecha 21