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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (23/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 / El Peruano Que mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por un periodo de noventa días calendario, prorrogado hasta el 6.12.2020 por el Decreto Supremo N° 027-2020-SA; Que, a la vez, con el Decreto Supremo N° 044-2020- PCM se declaró el estado de emergencia nacional y el aislamiento social obligatorio; posteriormente, con los Decretos Supremos N os 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, 083-2020-PCM, 094-2020-PCM, 116-2020-PCM, 135-2020-PCM, 146-2020-PCM y 156-2020-PCM se prorrogó el estado de emergencia nacional hasta el 31.10.2020, y el aislamiento social obligatorio en determinadas provincias; Que considerando la actual coyuntura sanitaria así como el avance de la tecnología dentro del ámbito de la administración pública y a fi n de evitar, en lo posible, el desplazamiento de los usuarios hasta las instalaciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, resulta necesario permitir la transmisión electrónica de los documentos que se requieren para el desarrollo de las actividades aduaneras en general y, en especial, para la presentación y atención de las diversas solicitudes y otros trámites que realicen los usuarios; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816 - Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modi fi catorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación Aprobar el procedimiento general “Restitución simpli fi cado de derechos arancelarios” DESPA-PG.07 (versión 5), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. Derogación Derogar el procedimiento general “Restitución simpli fi cado de derechos arancelarios” DESPA-PG.07 (versión 4). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional PROCEDIMIENTO GENERAL “RESTITUCIÓN SIMPLIFICADO DE DERECHOS ARANCELARIOS” I. OBJETIVOEstablecer las pautas a seguir para la atención de las solicitudes de acogimiento al procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios, con la finalidad de lograr el cumplimiento de las normas que lo regulan. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, al operador de comercio exterior (OCE) y al operador interviniente (OI) que participan en el trámite de las solicitudes de acogimiento al procedimiento de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios y a los terceros. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo dispuesto en el presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera, del Intendente Nacional de Sistemas de Información, del Intendente Nacional de Control Aduanero, de los intendentes de aduana de la República y de las jefaturas y personal de las distintas unidades de organización que intervienen. IV. DEFINICIONES Y ABREVIATURASPara efectos del presente procedimiento se entiende por: 1. Buzón electrónico : A la sección ubicada dentro del portal de la SUNAT Operaciones en Línea y asignada al OCE u OI, donde se depositan las copias de los documentos en los cuales constan los actos administrativos que son materia de noti fi cación, así como comunicaciones de tipo informativo. 2. Clave SOL : Al texto conformado por números y letras, de conocimiento exclusivo del OCE u OI, que asociado al código de usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea. 3. Funcionario aduanero : Al personal de la SUNAT que ha sido designado o encargado para desempeñar actividades o funciones en su representación, ejerciendo la potestad aduanera de acuerdo con su competencia. 4. Mecanismos aduaneros suspensivos: A la admisión temporal para reexportación en el mismo estado y a la admisión temporal para perfeccionamiento activo. 5. Medidas cautelares: A los embargos dictados por los ejecutores coactivos de la SUNAT o por otras autoridades competentes. 6. MPV - SUNAT: A la mesa de partes virtual de la SUNAT, consistente en una plataforma informática disponible en el portal de la SUNAT que facilita la presentación virtual de documentos. 7. Reglamento: Al Reglamento del procedimiento de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N° 104-95-EF y sus normas modi fi catorias. 8. Restitución: Al procedimiento de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios. 9. RUC: Al Registro único de contribuyentes a cargo de la SUNAT . 10. Solicitud: A la solicitud electrónica de restitución. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053, publicado el 27.6.2008, y modi fi catorias. - Reglamento del Decreto Legislativo N° 1053, Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009, y modi fi catorias. - Tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N° 418-2019-EF, publicado el 31.12.2019 y modi fi catoria. - Ley que regulariza infracciones de la Ley General de Aduanas, Ley N° 28438, publicada el 28.12.2004. - Ley que establece disposiciones complementarias en relación con la restitución indebida de derechos arancelarios, Ley N° 29326, publicada el 5.3.2009. - Reglamento de procedimiento de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N° 104-95-EF, publicado el 23.6.1995, y modi fi catorias. - Disposiciones para acogerse al procedimiento de restitución simpli fi cado de derechos arancelarios, Resolución Ministerial N° 195-95-EF, publicada el 31.12.1995 y Resolución Ministerial N° 695-2010-EF/15, publicada el 30.12.2010. - Lista de subpartidas nacionales excluidas de la restitución simpli fi cada de derechos arancelarios a que se re fi ere el D.S. N° 104-95-EF, aprobada por Decreto Supremo N° 127-2002-EF, publicado el 25.8.2002, y modi fi catorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N° 28008, publicada el 19.6.2003, y modi fi catorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo N° 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003, y modi fi catorias. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013, y modi fi catorias. - Artículo 24 del Reglamento de la Ley del Impuesto a