Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2020 (01/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 1 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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"Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020", la cual desarrolla entre otros, la identificación de los usuarios focalizados efectuando la precisión pertinente respecto a las opciones tarifarias de los usuarios residenciales beneficiarios y, en cuanto a los suministros fotovoltaicos la inclusión de los usuarios de las tarifas BT8 y Tarifa RER Autónoma, así como la aplicación mensual del Bono Electricidad y el programa de transferencias. En este aspecto, se establece que Osinergmin verificará que la información de beneficiarios reportada por las EDEs se encuentre de acuerdo al Listado Aprobado, así como la cobertura del Bono Electricidad a efectos de la cancelación del recibo; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 074-2020, el proceso operativo del subsidio se inicia cuando las empresas de distribución eléctrica (en adelante EDEs) reportan a Osinergmin el listado de los usuarios focalizados. Luego Osinergmin revisa, aprueba y publica la lista de beneficiarios, procediendo las EDEs a publicar dicha lista de beneficiarios remitida por Osinergmin. Posteriormente, en forma mensual, las EDEs reportan a Osinergmin el monto del subsidio que se aplicarán en los recibos pendientes de pago para ser verificado, aprobando las transferencias de los montos correspondientes a cada EDE, contemplándose la posibilidad de incorporación de nuevos usuarios, los cuales deberán ser informados por las EDEs a Osinergmin en la oportunidad de las declaraciones mensuales. Finalmente, el Ministerio de Energía y Minas efectúa las transferencias a las EDEs en favor de los usuarios residenciales beneficiarios en función del programa de transferencias aprobado por Osinergmin; Que, en virtud de lo indicado, la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin emitió la Resolución Nº 021-2020-OS/GRT, publicada el 25 de julio del 2020, mediante la cual se aprobó la lista de beneficiarios del subsidio Bono Electricidad; Que, sin embargo, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.5 de la Resolución Nº 080-2020-OS/ CD, las empresas Electro Puno, Seal, Electro Dunas, Electrocentro y Ergon Perú presentaron solicitudes para la inclusión de nuevos usuarios al listado de beneficiaros del Bono Electricidad; Que, las empresas Electronorte S.A., Electronoroeste S.A., Hidrandina S.A. y Electrosur S.A. presentaron recursos de reconsideración contra la Resolución Nº 0212020-OS/GRT, los cuales han sido resueltos dentro del plazo legal, mediante las Resoluciones Nº 032-2020-OS/ GRT, Nº 033-2020-OS/GRT, Nº 034-2020-OS/GRT y Nº 035-2020-OS/GRT, respectivamente, incorporándose nuevos usuarios al listado de beneficiarios aprobado originalmente, como resultado de haber sido declarados fundados o fundados en parte dichos recursos; Que, de acuerdo con las normas citadas en los considerandos precedentes, la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, ha revisado la información correspondiente, verificando que esta se encuentre de acuerdo a la lista de beneficiarios, incluyendo a los beneficiarios incorporados según lo señalado previamente, así como la cobertura del Bono Electricidad a efectos de la cancelación del recibo, a fin de aprobar el programa de transferencias; Que, conforme al marco legal citado, se ha procesado la información recibida, luego de efectuadas las observaciones necesarias y levantamiento de las mismas, obteniéndose un listado de usuarios a incorporar en el listado de beneficiarios del Bono Electricidad, así como el programa de transferencias del Bono Electricidad, creado mediante el Decreto de Urgencia Nº 074-2020, lo cual debe ser objeto de aprobación y publicación; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la norma "Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020", aprobada por la Resolución Nº 080-2020- OS/CD; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión

Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010- 2016-PCM; y en lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1.Incorporación de usuarios residenciales a la lista de beneficiarios aprobada por Resolución Nº 021-2020-OS/GRT 1.1. Modificar la lista de beneficiarios del subsidio Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5 de la norma "Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020", aprobada por Resolución Nº 021-2020-OS/GRT así como en las resoluciones que resuelven los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución Nº 021-2020-OS/GRT, el número de usuarios que se indica a continuación:
Cantidad de Usuarios Residenciales Focalizados Beneficiarios del Bono Electricidad 271 148 200 716 410 436 123 727 275 826 674 076 303 732 174 917 694 067 261 849 8 846

Empresa Electronorte Ergón Electronoroeste Electrosur Electro Puno Hidrandina Seal Electro Dunas Electrocentro Luz del Sur Emseusac

1.2. Disponer que la publicación de los usuarios incorporados a que se refiere el numeral 1.1., se efectúe conforme al mecanismo de consulta individual y código de suministro, previstos en los numerales 7.3 y 7.4 de la norma "Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020", aprobada por Resolución Nº 021-2020-OS/GRT. Artículo 2.- Aprobación del programa de transferencias Aprobar el programa de transferencias del Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.4 de la norma "Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 074-2020", de acuerdo con el siguiente cuadro:
Item 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Empresa Enel Distribución Perú Hidrandina Electrocentro Electronoroeste Seal Electro Sur Este Electronorte Luz del Sur Electro Oriente Total (Soles) 40 214 468 31 769 173 31 169 959 26 208 889 16 804 225 14 982 670 14 522 794 13 387 330 11 027 791

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