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85 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Nº Denominación del Servicio Tecnológico RequisitosUnidad de MedidaPrecio de Venta (Soles) % UIT 151 Enfrentamiento dual de producto biológico y fitopatógenosSolicitud dirigida al Director/a del órgano Ensayo 125.10 2.8432 153 Servicio de toma de muestra Ensayo 63.6 1.4455 156 Interpretación de ensayos de laboratorio Informe 100.50 2.2841 ANÁLISIS MICROBIOLÓGICOSAnálisis biológicos 178 Análisis de fertilidad de yemas (200 yemas) Solicitud dirigida al Director/a del órgano Ensayo 293.60 6.6727 179 Análisis de fertilidad de yemas (300 yemas) Ensayo 392.00 8.9091 181 Recuento de germinación de semillas Ensayo 61.70 1.4023 183Investigación de productos biológicos (insectos bené ficos, plaga) (artrópodos)Hora 26.70 0.6068 184 Investigación de productos biológicos (microorganismos) Hora 27.90 0.6341 SERVICIOS DE CAPACITACIÓN 3 227 Capacitación intermedia en la cadena productiva agroindustrial Solicitud dirigida al Director/a del órgano Hora 13.60 0.3091 228Capacitación avanzada en la cadena productiva agroindustrial Hora 15.90 0.3614 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN 3 Promoción de investigación, desarrollo y gestión de la innovación (I+D+i) 229 Acompañamiento en la redacción de artículo técnico y/o cientí fico Solicitud dirigida al Director/a del órgano Hora 44.20 1.0045 230 Formulación de Proyectos Hora 109.00 2.4773 231 Elaboración de estudios de vigilancia tecnológica Hora 23.90 0.5432 SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN 232 Almacenamiento de productos e insumos - día Solicitud dirigida al Director/a del órgano Kilogramo 0.02 0.0005 233 Almacenamiento de productos e insumos - día Litro 0.02 0.0005 234 Almacenamiento de productos e insumos - día Unidad 0.01 0.0002 Que, con Memorando n.º 198-2021-ITP/DEDFO de fecha 21 de octubre de 2021, la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE señaló, a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que es técnicamente viable que la Unidad Técnica de Huaura identi fi que los servicios tecnológicos que brindará, teniendo en cuenta el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial, aprobado por Resolución Ejecutiva n.º 043-2021-ITP/DE, conformado por doscientos cuarenta y un (241) servicios tecnológicos; de esta forma, la Unidad Técnica de Huaura podrá aplicar el régimen de los esquemas promocionales y las disposiciones para el registro de los servicios en el Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP – SSIPRO; Que, mediante Memorando n.º 4750-2021-ITP/ OPPM de fecha 24 de noviembre de 2021, sustentado en el Informe Técnico n.º 0049-2021-ITP/Modernización del 22 de octubre de 2021, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunicó a la O fi cina de Asesoría Jurídica que, los cincuenta (50) servicios tecnológicos que brinda la Unidad Técnica de Huaura, los cuales se encuentran incluidos en el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial, deberían ser diferenciados para efectos del registro en el Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP – SSIPRO; Que, mediante Informe n.º 392-2021-ITP/OAJ de fecha 28 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde precisar que cincuenta (50) servicios tecnológicos contenidos en el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial puedan ser brindados por la Unidad Técnica de Huaura, a fi n de aplicar los esquemas promocionales para el acceso a los servicios tecnológicos, así como permitir su registro en el Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP – SSIPRO SSIPRO; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo n.º 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo n.º 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo n.º 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia n.º 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo n.º 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Precisar que cincuenta (50) servicios tecnológicos contenidos en el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial”, aprobado por la Resolución Ejecutiva n.º 43-2021-ITP/DE, pueden ser brindados por la Unidad Técnica de Huaura, dichos servicios se detallan en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 2026018-1