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19 NORMAS LEGALES Sábado 16 de enero de 2021 El Peruano / Habilidades Socioemocionales”; así como sus Metas Físicas para el año 2021 (en adelante, Líneas de Producción y Metas Físicas); Que, los citados documentos tienen por fi nalidad orientar la implementación de las actividades previstas en cada uno de los servicios priorizados que se desarrollarán en las instituciones focalizadas por la estrategia de fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada; Que, las referidas Líneas de Producción y Metas Físicas cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; de la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; así como de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR); y, de la Dirección General de Educación Básica, Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA); Que, mediante Informe Nº 00027-2021-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable, en el marco de sus competencias, sobre las Líneas de Producción y Metas Físicas. Asimismo, con Informe Nº 00061-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable a los citados documentos, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 31084; Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVEArtículo 1.- Aprobar las Líneas de Producción del Servicio denominadas “Programas Educativos en Escuelas para Prevenir la Violencia Sexual hacia Niñas y Niños de Educación Primaria” y “Talleres Educativos de Desarrollo de Habilidades Socioemocionales”, así como sus Metas Físicas para el año 2021, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2 .- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1920409-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2021-MINEM/DM Lima, 14 de enero de 2021VISTO: El Informe Técnico Legal N° 0131-2020-MINEM/ DGH-DPTC-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 727-2020-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE) como un sistema de compensación energética, que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía; Que, los numerales 2 y 3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM (en adelante, Reglamento del FISE) señala que las instituciones educativas públicas y comedores populares, a las que se les asignará la compensación social, serán aquellas que se encuentren bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar “Qali Warma” y aquellos que brindan sus prestaciones en el marco de la gestión del Programa de Complementación Alimentaria, respectivamente, las cuales se implementarán gradualmente, conforme a la disponibilidad presupuestal del FISE y de acuerdo a la priorización establecida por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS; Que, por su parte, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento del FISE, indica que el procedimiento para la entrega de los vales FISE a las Instituciones Educativas Públicas y los Comedores Populares, se determinará mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a propuesta del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, MIDIS); Que, mediante Resolución Ministerial N° 518-2015- MEM/DM se aprobó el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”; Que, mediante Decreto Supremo N° 041-2017-EM se modi fi ca el artículo 15 del Reglamento del FISE, a fi n de precisar la asignación de Vales de Descuento FISE que serían entregados a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria – PCA; así como a las Instituciones Educativas Públicas, bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, estableciéndose el número y la oportunidad de entrega de los Vales de Descuento FISE; Que, el desarrollo de las actividades del Programa de Compensación Social y Promoción para el Acceso al Gas Licuado de Petróleo – GLP, ha evidenciado inconvenientes en algunos procesos, requiriéndose efectuar modi fi caciones normativas relacionadas con la determinación de los criterios categóricos para la identi fi cación de comedores e instituciones educativas a los cuales se les entregará el Vale de Descuento FISE, con la entrega del referido vale y con la suspensión del bene fi cio cuando no se efectúen canjes por un determinado número de meses; Que, mediante O fi cio N° 0031-2020-MINEM/DGEE, la Dirección General de E fi ciencia Energética del MINEM solicitó al MIDIS la conformidad de la propuesta normativa que modi fi ca el procedimiento aprobado mediante Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM; Que, a través del O fi cio N° 013-2020-MIDIS/ VMPS/DGACPS, la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del MIDIS remitió al MINEM el proyecto del “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”;