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20 NORMAS LEGALES Sábado 16 de enero de 2021 / El Peruano Que, en ese sentido, corresponde aprobar el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” que sustituya al Procedimiento aprobado mediante Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, a fi n que se incluya mejoras en los procesos de identi fi cación de bene fi ciarios y entrega de los Vales de Descuento FISE, en atención a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento del FISE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, el Reglamento de la Ley N° 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, el Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar el “Procedimiento para la entrega de Vales de descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM. Artículo 3.- Disponer la publicación del “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1920410-1 INTERIOR Modifican la R.S. N° 068-2020-IN que creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2021-IN Lima, 14 de enero de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 5 de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se crea el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) como el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana; con autonomía funcional y técnica, disponiendo además que los miembros titulares de las entidades que lo conforman son responsables, conforme a sus atribuciones de Ley, de implementar políticas y el plan nacional de seguridad ciudadana; Que mediante Resolución Suprema Nº 068-2020-IN, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, dependiente del Ministerio del Interior; Que, mediante O fi cio Nº 305-2020/DP, la Defensoría del Pueblo informa sobre el rol primordial que desempeña dentro del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, a efectos que se considere su participación en la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema Nº 068-2020-IN; Que, conforme a lo señalado en el artículo 7 de la Ley Nº 27933, concordante con el artículo 11 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, entre las entidades públicas que conforman el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), se encuentra el Defensor del Pueblo; sobre el cual, el artículo 162 de la Constitución Política del Perú señala que “Corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía” ; Que, de acuerdo a sus competencias constitucionales, la participación permanente de la Defensoría del Pueblo en la Comisión Multisectorial encargada de elaborar un Informe Técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, garantizaría que el informe técnico y la propuesta de Política Nacional Multisectorial se encuentre alineado con el respeto irrestricto de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; Que, asimismo, a fi n de articular y mejorar la operatividad funcional de la Comisión Multisectorial, considerando las medidas de excepción dispuestas en el país ante el brote del COVID-19, resulta pertinente que las sesiones de la referida Comisión se realicen con una periodicidad no mayor a treinta días calendario entre ellas. Asimismo, atendiendo a las múltiples funciones y competencias a cargo del Ministerio del Interior y de las entidades que conforman la Comisión Multisectorial, resulta necesario modi fi car el plazo de vigencia de la referida Comisión, para la presentación del informe técnico que contenga la propuesta de la “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el numeral 2.1 del artículo 2, y los artículos 6 y 7 de la Resolución Suprema Nº 068-2020-IN, que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, dependiente del Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN; el Decreto Legislativo Nº 1266, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:Artículo 1. Modi fi car el numeral 2.1 del artículo 2, y los artículos 6 y 7 de la Resolución Suprema Nº 068-2020-IN, que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, dependiente del Ministerio del Interior, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos: “Artículo 2. Conformación 2.1. La Comisión Multisectorial está conformada por un/una representante titular y alterno/a, de las siguientes entidades e instituciones: