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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2021 (02/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 2 de julio de 2021 El Peruano / Aprueban Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público DECRETO SUPREMO Nº 167-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, se establecen las normas generales que rigen los procesos fundamentales del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo Nº 1437, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar los servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, para la realización de las operaciones a su cargo, dispuestas bajo el ámbito del mencionado Decreto Legislativo, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la citada Tercera Disposición Complementaria Final precisa que, en caso de vacío o defi ciencia de los mencionados procedimientos, se aplica supletoriamente lo establecido en las normas sobre contrataciones del Estado; Que, adicionalmente, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1437 dispone que, en tanto se aprueben los mencionados procedimientos para la contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, se aplica el procedimiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, en lo que resulte pertinente; Que, en virtud de dicho marco legal habilitante y a fi n de optimizar los lineamientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, resulta necesario aprobar nuevos procedimientos para contratar los servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, para la realización de las operaciones a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a que hace referencia la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación Apruébense los Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público que, como Anexo, forman parte integrante de la presente norma. Artículo 2.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el Marco de la Ley Nº 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de junio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO “PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORÍA LEGAL, FINANCIERA Y OTROS SERVICIOS ESPECIALIZADOS, EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1437, DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO” TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene como objeto establecer los procedimientos para la contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados vinculados directamente, y servicios especializados vinculados indirectamente, para la realización de las operaciones bajo el ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público. Para efectos de la presente norma, toda referencia al “Decreto Legislativo” se entiende efectuada al Decreto Legislativo Nº 1437. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente procedimiento es aplicable a las operaciones de endeudamiento, fi nanciamientos contingentes, garantías, operaciones de administración de deuda y asunciones de deuda (en adelante, “Operación” u “Operaciones”). Artículo 3.- Dependencia contratante La contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, vinculados directamente a la realización de las Operaciones son efectuadas por la Dirección General del Tesoro Público (DGTP); y, por la O fi cina General de Administración (OGA), cuando se trate de la contratación de servicios especializados, vinculados indirectamente para la realización de las Operaciones. TÍTULO II SERVICIOS ESPECIALIZADOS VINCULADOS DIRECTAMENTE CON LA REALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES Artículo 4.- De fi nición Se consideran servicios especializados vinculados directamente con la realización de las Operaciones, los siguientes: a) Los servicios de asesoría fi nanciera especializados referidos a la estructuración, negociación, implementación, asesoramiento y/o colocación, diseño, estructuración, así como cualquier otra asesoría fi nanciera que se requiera, de conformidad con los requerimientos del mercado, con la fi nalidad de que la República del Perú pueda llevar a cabo las Operaciones, en el mercado local y/o internacional, según lo requerido en cada caso. b) Los servicios de asesoría legal especializados internacional y local referidos a la elaboración de contratos, preparación de prospectos informativos, reportes anuales, estructuración, negociación, asesoramiento y demás