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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2021 (15/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / por Resolución Administrativa N° 000140-2021-CE-PJ; constituye un error material que no altera lo sustancial de su contenido, por lo que corresponde su recti fi cación conforme a lo dispuesto en la citada Ley. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 748- 2021 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 23 de junio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Pareja Centeno y Castillo Venegas; sin la intervención del señor Consejero Álvarez Trujillo por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Recti fi car de o fi cio el error material incurrido en la página 10 de la Directiva N° 003-2021-CE-PJ, denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 000140-2021-CE-PJ, del 30 de abril de 2021, relacionados a los términos “Debilidades” por “Amenazas” y “Fortalezas” por “Oportunidades”, conforme se indica a continuación: Donde dice: DOCUMENTO INTERNO CIJU/DIR-001 DIRECTIVA Versión: 001 SISTEMA DE GESTION ANTISOBORNO DEL PODER JUDICIALPágina: 10 de 49 (…) DEBILIDADES FORTALEZAS (…) (…) (…) Debe decir: DOCUMENTO INTERNO CIJU/DIR-001 DIRECTIVA Versión: 001 SISTEMA DE GESTION ANTISOBORNO DEL PODER JUDICIALPágina: 10 de 49 (…) AMENAZAS OPORTUNIDADES (…) (…) (…) Artículo Segundo.- Mantener inalterables los demás extremos de la Directiva N° 003-2021-CE-PJ “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 000140-2021-CE-PJ. Artículo Tercero.- Autorizar la publicación de la versión corregida de la Directiva N° 003-2021-CE-PJ “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1972806-1Aprueban la implementación de las funcionalidades de Violencia Contra la Mujer y el Grupo Familiar en Familia Tutelar en el Expediente Judicial Electrónico - EJE y dictan otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000210-2021-CE-PJ Lima, 13 de Julio del 2021VISTO:El O fi cio N° 000018-2021-P-CT-EJE-PJ, cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000018-2021-P-CT-EJE- PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la propuesta de implementar las funcionalidades de Violencia Contra la Mujer y el Grupo Familiar en Familia Tutelar en el Expediente Judicial Electrónico (EJE). Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE), para el periodo 2021-2023, y mediante Resolución Administrativa N° 000149-2021-CE-PJ aprobó el “Plan de Actividades 2021 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico–EJE”, actividades que comprenden acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de TIC en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Con el objetivo de apoyar la continuidad de las acciones del Poder Judicial y su relación con los justiciables, que al margen de las limitaciones producto de la emergencia sanitaria, permita la continuidad en el acceso y administración de justicia. Tercero. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de mayo de 2021, a través de su Secretaría Técnica ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en dieciocho Cortes Superiores de Justicia, concretado en ciento noventa y tres órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral–Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil. De igual forma, a este número de órganos jurisdiccionales se añaden los correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada–etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 138-2020-P-CE-PJ. Evidenciando que la ampliación del proyecto del Expediente Judicial Electrónico forma parte de un conjunto de iniciativas del Poder Judicial, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia dentro del escenario provocado por la presencia de la pandemia COVID-19 en el país, y las subsecuentes medidas de emergencia y aislamiento social. Cuarto. Que, la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000632-2021-GI-GG-PJ informa sobre la implementación de las funcionalidades de Violencia Contra la Mujer y el Grupo Familiar en Familia Tutelar en el Expediente Judicial Electrónico–EJE, planteando la realización de adecuaciones en el SIJ-EJE, y proponiendo iniciar en la