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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2021 (15/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / en su calidad de Concedente, y a la empresa Aeropuertos del Perú S.A. Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente Resolución y del Informe Conjunto Nº 00087-2021-IC-OSITRAN (GRE-GAJ-GSF) en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (https://www.gob.pe/ositran#normas-legales). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo 1972424-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de junio de 2021 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 070-2021-INGEMMET/PE Lima, 12 de julio de 2021VISTO, el informe Nº 040-2021-INGEMMET/DCM, de fecha 12 de julio de 2021, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de junio de 2021. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de junio de 2021, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese.VICTOR M. DIAZ YOSA Presidente Ejecutivo 1972372-1INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2021” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 162-2021-INEI Lima, 13 de julio de 2021Visto el O fi cio N° 002144-2021-INEI/DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 036-2021-INEI/DNCE-DECEEE, de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos, solicitando se autorice la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2021”. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas o fi ciales a nivel regional y nacional; Que, mediante documentos del visto, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática informa que, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Ministerio de Economía y Finanzas, debe ejecutar a nivel nacional, la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2021”, que tiene como objetivo generar información para la construcción de indicadores del sector agropecuario, en el marco del Presupuesto por Resultados, que permitan evaluar de forma continua la evolución de dichos indicadores y contribuir al diseño y orientación de políticas públicas para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población. Asimismo, disponer de información estadística que permita caracterizar a las pequeñas, medianas y grandes unidades agropecuarias del país; por ello solicita se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Agropecuaria 2021 y la aprobación de los cuestionarios correspondientes, conforme lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; para cuyo efecto adjunta la Ficha Técnica y los formularios correspondientes; Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2021”, dirigida a pequeños, medianos y grandes productores/as agropecuarios/as, que conducen las unidades agropecuarias seleccionadas a nivel nacional, en la modalidad de entrevista directa y en la misma unidad agropecuaria, la cual estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, las cuales deben cumplir con las siguientes características: a) “Pequeños/as y medianos/as productores/as agropecuarios/as”, son aquellos que conducen unidades agropecuarias hasta con 50,0 hectáreas de super fi cie agrícola cultivada; cuya condición jurídica es persona natural. b) “Grandes productores/as agropecuarios/as”, son los que conducen unidades agropecuarias que son: Empresas agrícolas, Empresas pecuarias (Granjas