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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2021 (21/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / del mismo distrito, que opera como segunda instancia, podría generar inhibiciones, afectando el servicio de administración de justicia, resulta pertinente promoverlo al Primer Juzgado Civil de El Agustino. En atención a la indicada promoción, se debe designar un juez en el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita; razón por cual deberá designarse a la abogada Ángela Yaquelin Luna León, al encontrarse dentro del Registro de Jueces Supernumerarios, aprobado por Resolución Administrativa Nº 347-2021-P-CSJLE-PJ. Cuarto: Igualmente, se requiere designar juez en el Juzgado Civil Transitorio de San Juan de Lurigancho; por lo que teniendo en cuenta que los jueces de Paz Letrados que fi guran el Cuadro de Méritos, a quienes correspondería promocionar como jueces de primera instancia en la especialidad civil, han obtenido un estándar de producción mensual y anual, por debajo del avance ideal mínimo de 63% fi jado por el Concejo Ejecutivo para el año 2020, máxime cuando desde enero a junio del presente año, tampoco registran buena productividad, entonces resulta necesario designarse a un juez del Registro de Jueces Supernumerarios. Quinto: También está pendiente de designarse juez del Juzgado Civil Transitorio de Lurigancho y Chaclacayo, y estando a la negativa de los jueces de paz letrado en la especialidad civil que pueden ser promocionados, por la lejanía de la sede judicial, resulta pertinente reasignar en dicho órgano jurisdiccional al servidor judicial de esta Corte Superior, Pedro Guerra Mescua quien ha desempeñado el cargo de Juez Supernumerario, a cargo del Primer Juzgado Civil de Ate, desde el 01 de marzo del presente año, observándose que tiene una producción superior a la de jueces que han estado en el mencionado juzgado anteriormente. Sexto: Que, se encuentra pendiente de designarse magistrado (a) en el Segundo Juzgado de Familia de Lima Este y teniendo en cuenta el Cuadro de Méritos de Jueces de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, corresponde promover a la magistrada Fiorella Katherine Erika Masías Figueroa, Jueza Titular del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Ate, como Jueza Provisional Especializada del Segundo Juzgado de Familia de Ate. Séptimo: Igualmente, conforme al Cuadro de Méritos, la Magistrada Lola Violeta Rondón Aguirre, Jueza Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Ate, debe ser promovida a un Juzgado de Familia de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; más aún si teniendo en cuenta que desde enero hasta mayo del 2021, ha tenido un nivel resolutivo bueno, puesto que ha producido 354 expedientes resueltos, que representa un avance del 35% de la meta anual fi jada por el Concejo Ejecutivo, según el cuadro de producción jurisdiccional de los órganos jurisdiccionales remitido por el Área de Estadística. Y en atención a la referida promoción, corresponde reasignar al abogado y servidor judicial de esta Corte Superior Juan Pablo Quispe Julca, como Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Ate, en razón que cuando estuvo a cargo del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho en el 2020, obtuvo un nivel resolutivo muy bueno, resolviendo 767 expedientes, con un avance del 64%, porcentaje superior al fi jado por el Concejo Ejecutivo para ese año que fue de 63%, lo que demuestra su idoneidad para el cargo. Octavo: Se encuentra pendiente de designarse a los/ las jueces del Quinto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho-Chosica y Chaclacayo y del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla; por lo que corresponde designar en dichos órganos jurisdiccionales a los abogados aptos de las nóminas aprobadas este año. Noveno: El Juzgado de Trabajo Transitorio Zona 02 Ate, requiere de la designación de un(a) magistrado(a), por lo que atendiendo a la especialidad, se deberá reasignar a la magistrada Elvira Sanchez Bardales, Jueza Provisional del Juzgado de Trabajo Supradistrital Transitorio Zona 01, 02 y 03, y estando a que en este último juzgado requeriría de un juez, se advierte de la revisión del Cuadro de Méritos de los Jueces de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, que corresponde promover al magistrado Nicéforo altos Barreto, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado MBJ Huaycán, Ate, cuya especialidad es materia laboral, como Juez del Juzgado de Trabajo Supradistrital Transitorio Zona 01, 02 y 03, debiendo designarse en el juzgado de paz letrado a un Juez Supernumerario del Registro de Jueces Supernumerarios vigente. Décimo: Igualmente, resulta necesario la designación de Jueces del Segundo y Tercer Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; así como del Segundo y Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; correspondiendo designar a los abogados aptos que fi guran en el mencionado Registro. Décimo Primero: El Cuarto, Octavo, Décimo Primer y Décimo Segundo Juzgados de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Ate y el Juzgado de Familia Permanente de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán con Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familia, requieren de la designación de jueces o juezas; en consecuencia, corresponde designar a los abogados aptos que fi guran en el Registro referido. Décimo Segundo: Que, de igual manera, con la Resolución Administrativa Nº 476-2021-P-CSJLE-PJ, se dio por concluida la designación de varios jueces supernumerarios de la especialidad penal, que vienen aplicando el nuevo Código Procesal Penal (NCPP), debiendo promocionarse a los jueces titulares de paz letrado en la especialidad penal (como primera opción), conforme Cuadro de Méritos de los Jueces de Paz Letrado del 2021; empero se veri fi ca de la mencionada lista que existen jueces que han tenido un nivel resolutivo bajo en el año 2020 y también en la producción de enero hasta mayo del 2021, conforme al cuadro de Producción Jurisdiccional de los Órganos Jurisdiccionales, remitido por el área de Estadística; por lo que no resulta pertinente, por ahora, su promoción; consecuentemente, debe designarse a los abogados que fi guran en el Registro de Jueces Supernumerarios vigente. Décimo Tercero: Los Magistrados Segundo Rafael Medina Velásquez y Lizbeth Karina Carhuamaca Leiva, fi guran en el Registro de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el año 2021 en la especialidad de Violencia Familiar y Paz Letrado, respectivamente; y considerando que ellos actualmente se encuentran designados como Jueces Supernumerarios en Juzgados de distinta especialidad y nivel; corresponde reasignarlos a los órganos jurisdiccionales al que postularon, respectivamente. Décimo Cuarto: Finalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida Nº 000131-2020-CE-PJ y Resolución Corrida Nº 0025-2021-CE-PJ, estableció el plazo de tres meses para la implementación del Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial; y autorizó excepcionalmente a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, para que en el referido plazo procedan a emitir las siguientes medidas: a) Designar a trabajadores judiciales de su jurisdicción como jueces supernumerarios de Paz Letrados o Especializados, o abogados hábiles del nivel de Juez Superior como Jueces Supernumerarios Especializados o Mixtos; y b) Realizar concursos de selección de jueces supernumerarios, en los casos estrictamente necesarios; y no obstante haberse llevado a cabo en esta Corte, dos procesos de selección de jueces supernumerarios, no ha sido posible cubrir el total de las plazas de jueces de los órganos judiciales que no cuentan con jueces titulares en esta Corte Superior de Justicia, siendo necesario y justi fi cado, mantener a trabajadores judiciales de la Corte que vienen desempeñando el cargo de jueces con los requisitos de ley y a los abogados que fi guran en un Registro de Jueces supernumerarios de otras Cortes, cuya permanencia está condicionada, hasta que se realice una nueva convocatoria para la selección de abogados aptos para el desempeño como Jueces Supernumerarios o hasta que se elabore y apruebe el cuadro de méritos de los trabajadores judiciales, para ser considerados como Jueces Supernumerarios en esta Corte Superior de Justicia.