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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2021 (21/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 072-2019-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.120, Accesibilidad Universal en Edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobada por el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 072-2019-VIVIENDA, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas. Artículo 2.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes y sugerencias respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se reciban a través del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.120, Accesibilidad Universal en Edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones” . Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1974944-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000079-2021-BNP Lima, 20 de julio de 2021VISTOS:El Informe Técnico Nº 000110-2021-BNP-GG-OA- ERH del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, de 17 de julio de 2021; el Memorando Nº 000976-2021-BNP-GG-OA de la O fi cina de Administración, de 17 de julio de 2021; y, el Informe Legal Nº 000163-2021-BNP-OAJ de fecha 19 de julio de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;Que, el cargo de con fi anza de Jefe/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Biblioteca Nacional del Perú se encuentra vacante a partir del 20 de julio de 2021, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al señor José Alexánder Ruller Cárdenas Cabezas en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1974788-1 Crean la Red de Bibliotecas Públicas Municipales N° 2 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000080-2021-BNP Lima, 20 de julio de 2021VISTOS:El Informe Nº 000044-2021-BNP-J-DDPB de fecha 25 de junio de 2021, de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias; y, el Informe Legal Nº 000149-2021-BNP-GG-OAJ de fecha 08 de julio de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, conforme a lo establecido en la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30570 establece que la Biblioteca Nacional del Perú tiene entre sus funciones esenciales, las siguientes: “b. Formular, plani fi car, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas y planes de desarrollo bibliotecario nacional para la gestión e fi ciente y e fi caz del Sistema Nacional de Bibliotecas.” (...) “e. De fi nir y emitir normas técnicas bibliotecológicas y estándares de calidad aplicables a todos los sistemas y procesos de las bibliotecas integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, que aseguren la mejora en la gestión y su efi caz funcionamiento”, entre otras; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 30570, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MC señala que la Biblioteca Nacional del Perú como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas “(...) es una autoridad técnico-normativa, dicta normas y articula el funcionamiento de bibliotecas organizadas en todo el territorio nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, y normas complementarias”; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas crea el Sistema Nacional de Bibliotecas “(...) como instrumento de gestión pública para el establecimiento de estándares de calidad, e fi cacia y efi ciencia durante la prestación de los servicios brindados