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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2021 (22/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 113

113 NORMAS LEGALES Jueves 22 de julio de 2021 El Peruano / 1. Resolver en segunda instancia los Recursos de Apelación interpuestos contra las Resoluciones que emita la Subgerencia de Fiscalización y comercialización en primera instancia, agotándose con ello la vía administrativa. 2. Proponer al Alcalde Provincial la regulación e implementación de proyectos, Convenios de Cooperación e instrumentos similares que, en aspectos complementarios a la ubicación de anuncios y avisos publicitarios, puedan suscribirse en el ámbito de la Provincia de Huarochirí. 3. Proponer las medidas a adoptar para la eventual introducción de modificaciones en la presente Ordenanza y normas complementarias. 4. Celebrar Convenios de Cooperación Interinstitucional en materias complementarias a la ubicación de avisos publicitarios de su competencia. 5. Resolver las solicitudes de ubicación de anuncios y avisos publicitarios, tales como letreros, letras recortadas, placas y toldos, en los lugares señalados en los incisos a y b del numeral 2 del artículo 9 de la presente Ordenanza. TÍTuLO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPÍTuLO I AuTORIZACIÓN Artículo 13.- Autorización para la ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios.- La autorización para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios se expresa mediante una Resolución que otorga, la autoridad municipal de acuerdo a las competencias señaladas en la presente Ordenanza, a las personas naturales o jurídicas que están obligadas a solicitarla, de conformidad con las presentes disposiciones. No podrán instalarse anuncios o avisos publicitarios sin cumplir con las disposiciones técnicas de la presente Ordenanza. Artículo 14.- Autorización para la ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios para Cesionarios.- Para el caso de cesionarios que deseen obtener autorización para letreros, letras recortadas, placas y toldos, en los lugares señalados en los incisos a y b del numeral 2 del artículo 9 de la presente Ordenanza, corresponderá ser solicitada por el Titular de la Autorización Municipal de Funcionamiento principal, quien deberá incluir de manera conjunta en su leyenda, el nombre o actividad autorizada para el Cesionario, conformando un solo elemento de publicidad. Artículo 15.- Autorización Automática.- Se otorgará autorización automática y gratuita para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios ante la respectiva Municipalidad, en los siguientes casos: 1. Los anuncios o avisos publicitarios que se ubican en bienes de dominio privado que identifican entidades públicas, organismos internacionales, templos, conventos y establecimientos similares de organizaciones religiosas de todas las denominaciones, así como de los centros educativos estatales: sólo con respecto al nombre y en una sola ubicación. 2. La información temporal de actividades religiosas, culturales, recreativas, deportivas, cívicas y benéficas; todas ellas, de carácter no lucrativo. Así como la publicidad institucional de entidades públicas. La ubicación de dichos anuncios o avisos publicitarios está sujeta al cumplimiento de los parámetros establecidos en la presente Ordenanza. Artículo 16.- Contenido del Anuncio o Aviso Publicitario.- El contenido de un mensaje publicitario comprende tanto lo que se dice, como la forma en que se presenta. No compete a las Municipalidades normar o intervenir en cuanto al contenido de los anuncios, el mismo que es regulado por INDECOPI. El mensaje publicitario deberá tener en cuenta lo siguiente:1. Deberá ser respetuoso respecto a la dignidad y condición humana, y de los valores sociales y nacionales. 2. Deberá ser contrario a cualquier tipo de ofensa, menosprecio o discriminación hacia persona alguna, por razones de raza, sexo, condición social, religión, nivel cultural, situación económica o defecto físico. Las modificaciones o cambio de leyenda no requerirán nueva autorización, debiéndose comunicar dicha modificación o cambio a la autoridad municipal competente. Artículo 17.- Requisitos para solicitar la Autorización de ubicación de Anuncios o Avisos Publicitarios.- Son los siguientes: I. REQuISITOS GENERALES.- 1. Formato Solicitud - Declaración jurada, que incluirá: a) El número del recibo de pago por derecho de trámite. Y, según el caso: b) El número de RUC.c) El número de la autorización municipal de funcionamiento del establecimiento comercial en donde se instalará. d) Texto suscrito por el propietario del bien de dominio privado o unidad móvil que autoriza la ubicación del elemento de publicidad. e) El número del recibo de pago por derecho por el aprovechamiento de un bien de uso público. f) En caso de paneles simples, monumentales y los que necesitan de energía, la persona o profesional responsable firmará el texto de responsabilidad de obra. g) El número del Certificado de Operación y su fecha de expedición, cuando se trate de autobuses, taxis y otros dedicados a la prestación de servicios de transporte público de pasajeros. 2. Presentar las siguientes vistas: a) Arte o diseño del anuncio o aviso publicitario con sus dimensiones. b) Fotografía en el cual se debe apreciar el entorno urbano y el bien o edificación donde se ubicará el anuncio o aviso publicitario. c) Fotomontaje o posicionamiento virtual del anuncio o aviso publicitario para el que se solicita Autorización, en el cual se debe apreciar el entorno urbano y el bien o edificación donde se ubicará. Asimismo para el caso de unidad móvil. 3. Copia de la Autorización Municipal de Funcionamiento , si se ubica en un establecimiento que opera fuera de la jurisdicción del Municipio donde se tramita la solicitud. 4. Copia simple del Documento de Identidad del solicitante o representante legal. II. LOS REQuISITOS GENERALES SE COMPLEMENTARÁN SEGÚN Su uBICACIÓN CON LOS SIGuIENTES REQuISITOS: II.1 EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO: Copia del Acta de la Junta o Asamblea de Propietarios de los bienes de dominio privado sujetos al régimen de propiedad exclusiva común, en la que la mitad más uno de los propietarios, autorizan la ubicación del anuncio o aviso publicitario. En caso de no existir Junta o Asamblea de Propietarios, podrá presentarse documento de autorización suscrito por la mitad más uno de sus propietarios. II.2 EN BIENES DE uSO PÚBLICO: 1. Plano de Ubicación con coordenadas UTM, a escala 1/500 o 1/250, y Esquema de Localización, a escala 1/5,000. Se indicarán las distancias de la arista más