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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 126

126 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31084, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, entre otras; las mismas que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, en el numeral 16.3 dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron; Que, mediante Memorando N° 883-2021-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano–PNSU; sustentado en el Informe N° 189-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 e Informe N° 057-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de su Unidad de Asesoría Legal, el Informe N° 275-2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 e Informe N° 362-2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando N° 362-2021-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de su Unidad de Gestión Territorial; solicita gestionar las transferencias fi nancieras a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín Sociedad Anónima–EMAPA SAN MARTIN S.A., de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque Sociedad Anónima–EPSEL S.A. y del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima–SEDAPAR S.A., hasta por la suma total de S/ 4 983 114,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CATORCE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, para fi nanciar la continuidad de la ejecución y supervisión de tres (03) proyectos de inversión de saneamiento urbano; Que, con Memorándum N° 903-2021-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite el Informe N° 335-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 4 983 114,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CATORCE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A., EPSEL S.A. y SEDAPAR S.A., con la fi nalidad de fi nanciar la continuidad de la ejecución y supervisión de tres (03) proyectos de inversiones de saneamiento urbano; Que, mediante el Informe N° 517-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto por el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, resulta legalmente viable se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias fi nancieras a favor de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 4 983 114,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CATORCE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A., EPSEL S.A. y SEDAPAR S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de EMAPA SAN MARTIN S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 4 039 831,00 (CUATRO MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín Sociedad Anónima–EMAPA SAN MARTIN S.A., destinada al fi nanciamiento de la continuidad de la supervisión del saldo de obra del Proyecto con CUI N° 2047402: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua y Alcantarillado de la Ciudad de Tocache, Provincia de Tocache–San Martín”. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de EPSEL S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 656 284,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque Sociedad Anónima–EPSEL S.A., para el fi nanciamiento de la continuidad de la ejecución de la obra del Proyecto con CUI N° 2106779: “Instalación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado con Conex. Dom. de los PP JJ V. Progreso, Mira fl ores, Las Vegas, Samán, San Francisco de Asís, La Unión, San Juan de Dios y Ramiro Prialé Chiclayo”. Artículo 3.- Transferencia Financiera a favor de SEDAPAR S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 286 999,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima–SEDAPAR S.A., destinada al fi nanciamiento de la continuidad de la supervisión del saldo de obra del Proyecto con CUI N° 2132733: “Instalación de los Sistemas de Agua Potable y Desagüe en Ciudad Majes Módulos A, B, C, D, E, F y G y Villa Industrial, Distrito de Majes–Caylloma–Arequipa”. Artículo 4.- Financiamiento Las Transferencias Financieras autorizadas por los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución, se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2021 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 5.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 6.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se trans fi eren los recursos, en el marco de los dispuesto por