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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / Que, por medio del Informe N° 00099-2021-GAJ- OSITRAN de fecha 12 de julio de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán brindó su conformidad a la viabilidad legal del proyecto de Directiva; Que, luego de la evaluación y deliberación que corresponde, el Consejo Directivo mani fi esta su conformidad con los documentos que sustenta el proyecto de “Directiva para la Presentación de Información y Documentación Final de la Obra Portuaria aceptada por la Autoridad Competente”; el proyecto de directiva y la Exposición de Motivos, Por lo expuesto y en virtud de sus funciones previstas en el Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias, y del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán aprobado por Decreto Supremo N° 012- 2015-PCM y modi fi catorias, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria N° 739-2021-CD-OSITRAN, de fecha 21 de julio de 2021; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la “Directiva para la Presentación de Información y Documentación Final de la Obra Portuaria aceptada por la Autoridad Competente”. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Directiva de Procedimientos Aplicables para las Liquidaciones y Aceptación de las Inversiones de las Obras Portuarias aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 004-2011-CD-OSITRAN. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la “Directiva para la Presentación de Información y Documentación Final de la Obra Portuaria aceptada por la Autoridad Competente” en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución y la “Directiva para la Presentación de Información y Documentación Final de la Obra Portuaria aceptada por la Autoridad Competente”, en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran). Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN FINAL DE LA OBRA PORTUARIA ACEPTADA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE Código DIR-GSF-01-2021 Aprobado por Resolución N° 0032-2021-CD-OSITRAN 1. Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer las disposiciones para el desarrollo de la actividad de presentación y revisión de la documentación fi nal de las obras portuarias, luego de su aceptación por parte de la autoridad competente, llevadas a cabo en el marco de los Contratos de Concesión Portuarios vigentes. 2. Finalidad Brindar predictibilidad a los concesionarios portuarios respecto de la información y documentación técnica a ser presentada por estos, de manera posterior a la recepción y aceptación de las obras que tenga previsto en los respectivos contratos de concesión vigente, y que servirá de insumo en la supervisión de la conservación de los bienes resultantes de la ejecución de las obras. 3. Base legal - Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte aéreo y modi fi catorias. - Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y modi fi catorias. - Reglamento General de OSITRAN (REGO) aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y modi fi catorias. - Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM y modi fi catorias. - Reglamento General de Supervisión aprobado con Resolución del Consejo Directivo N° 024-2011-CD-OSITRAN de fecha 04 de julio de 2011 y sus modi fi catorias o norma que lo reemplace. - Contratos de Concesiones Portuarias y sus respectivas adendas. 4. Alcance La presente norma es aplicable a la actividad de requerimiento de información y documentación técnica consolidada correspondiente a la obra portuaria ejecutada dentro del marco de los contratos de concesión portuaria vigentes, luego de la recepción y/o aceptación de la misma por parte de la autoridad competente. 5. Disposiciones Generales. 5.1. El concesionario deberá remitir al Ositrán, luego de la recepción y/o aceptación de la obra portuaria supervisada por el Regulador, la siguiente información y documentación fi nal de carácter técnico: Nombre del documento Descripción Memoria Descriptiva- Síntesis de los puntos más importantes que conforman el proyecto ejecutado, mediante el cual se tenga una visión general del mismo. Deberá contener principalmente: datos básicos de la obra, descripción, características, objetivos e impacto del proyecto. Información de aprobación del Expediente Técnico- Deberá contener un cuadro con la información ordenada de la aprobación del Expediente Técni-co y, de ser el caso, todas sus modi fi caciones, ordenada en forma cronológica. Información del Avance de Obras- Detallará un Cuadro con las fechas de present- ación y documento emitido por respecto de los informes mensuales de avance de obras. Información de recepción/aceptación de obra- Detallará e incluirá los documentos en los que conste que la recepción / aceptación de la Obra por la APN, y el levantamiento de las observa-ciones que la APN hubiere consignado. Información de planos - Incluirá los planos As Built , de corresponder. Información de calidad - Dossiers de calidad o similares. Información de metrados fi nales- Incluirá la planilla de metrados ejecutados debidamente sustentada. Información del Plan de Conservación- Incluirá el Plan de Conservación Aprobado por la autoridad competente, correspondiente a la obra. Miscelánea - Incluirá información que resulte pertinente, y que muestre cronológicamente la evolución de la ejecución del proyecto, como panel fotográ fi co, medios audiovisuales, o similares. 5.2. El Ositrán evaluará la información remitida por el concesionario, de acuerdo con la estructura de la tabla precedente, y podrá requerir información especí fi ca adicional que se ajuste a las características particulares de la obra (obras de carácter tecnológico, obra de equipamiento, entre otros), de considerarlo necesario. En caso el Regulador considere su fi ciente la información remitida, se emitirá una comunicación dando cuenta del cumplimiento de la obligación de presentación de la información y documentación fi nal de la obra portuaria correspondiente. 6. Disposiciones especí fi cas: Presentación de la documentación consolidada de la obra.