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24 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / Designan Auxiliar Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0096-2021-MIDAGRI-SENASA 26 de Julio de 2021VISTO:El INFORME-0003-2021-MIDAGRI-SENASA-OAD- UEC-RCARBAJALD de fecha 20 de julio de 2021, emitido por la Unidad de Ejecución Coactiva de la O fi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, prescribe que la designación del Ejecutor Coactivo así como del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27204, Ley que Precisa que el Cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es Cargo de Con fi anza, establece que los ejecutores y auxiliares coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria–SENASA, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Unidad de Ejecución Coactiva de la entidad tiene como objetivo garantizar la recuperación de las acreencias institucionales que se encuentran en la vía coactiva; Que, mediante el informe del visto, la Ejecutora Coactiva (e) señala que con fecha 8 de julio de 2021 se incorporó en la plaza de Analista Avanzado–Auxiliar Coactivo a la economista Gissela Celia Zevallos Gonzales, como segunda accesitaria del Concurso CAS Nº 069-2021-SENASA-SEDECENTRAL en segunda convocatoria; por lo que corresponde emitir el acto resolutivo de designación que la acredite como Auxiliar Coactivo, a fi n de que ejerza los actos propios del cargo en bene fi cio de la entidad; Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2005- AG y modificatoria; y con las visaciones de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la economista Gissela Celia Zevallos Gonzales como Auxiliar Coactivo de la Unidad de Ejecutoría Coactiva del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución Jefatural a la servidora designada, encargando dicho acto a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa).Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 1976782-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Directiva que regula el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2021-MIDIS Lima, 24 de julio de 2021 VISTOS: El Informe N° D000280-2021-MIDIS-DGFIS, de la Dirección General de Focalización e Información Social; el Memorando N° D000515-2021-MIDIS-OGTI, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; el Memorando N° D000244-2021-MIDIS-VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° D000676-2021-MIDIS-OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y; el Informe N° D000366-2021-MIDIS-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30435, señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se encuentra a cargo del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), dicta las normas y lineamientos, y establece los procedimientos básicos del mismo, que aplican los integrantes del Sistema; en tal sentido, diseña y regula los procedimientos de focalización y evalúa los resultados; Que, asimismo, el artículo 19 de la Ley Nº 30435 establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se encuentra a cargo del Mecanismo de Intercambio de Información Social (Miis), el cual emitirá las directivas para su implementación, de conformidad con la indicada Ley y su Reglamento, así como con las normas respecto a la ejecución de la política social del Estado; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30435, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-MIDIS, señala que para el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) y del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, aprobará, entre otros, la Directiva que establece los lineamientos y procedimientos para el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social; Que, mediante Resolución Ministerial N° 067-2017-MIDIS se aprobó la Directiva N° 003-2017-MIDIS, Directiva que establece los lineamientos y procedimientos para el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social; Que, en el actual contexto, la Dirección General de Focalización e Información Social, con Informe N° D000280-2021-MIDIS-DGFIS, remite la propuesta de Directiva que regula el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), la misma que recoge información actualizada de las coordinaciones con las unidades orgánicas correspondientes;