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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2021 (27/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / brindar oportunidades de desarrollar la imaginación y la creatividad y medios alternativos de comunicación, como medida de soporte emocional a las y los estudiantes; así como de conformidad con lo dispuesto en el literal z) del numeral 6.2, la Unidad de Gestión Educativa Local es responsable, entre otros, de coadyuvar la gestión de los recursos para el desarrollo de los Concursos Escolares; Que, por Resolución Viceministerial Nº 155-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”; Que, el Ministerio de Educación, en el marco del estado de emergencia nacional y la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19, estableció diversas disposiciones correspondientes al año lectivo 2021, con la fi nalidad de evitar cualquier situación que exponga a las y los estudiantes al riesgo de contagio y prevenir la propagación del COVID-19, en las diferentes instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 112-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC-JDGA y Nº 121-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC, elaborados por la Unidad de Arte y Cultura de la Dirección de Educación Física y Deporte, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar las Bases Generales y Especí fi cas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, que contienen los Juegos Florales Escolares Nacionales, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, el Concurso Nacional Crea y Emprende, la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática y la XXXI Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología “Eureka”; Que, los citados Concursos Educativos Virtuales 2021 tienen como objetivo general contribuir a la formación integral de las y los estudiantes, así como al logro de los aprendizajes que potencien su creatividad y una ciudadanía activa, a través de prácticas artísticas, culturales y tecnológicas, en el marco de la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica y en el contexto de la emergencia sanitaria a consecuencia del COVID-19; Que, además, las referidas Bases de los Concursos Educativos Virtuales 2021 cuentan con la opinión favorable de la Dirección de Educación Primaria (DEP), de la Dirección de Educación Secundaria (DES), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE); Que, mediante el O fi cio Nº 00343-2021-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, verifi có que se cuenta con recursos disponibles en el Pliego 010: Ministerio de Educación para el fi nanciamiento de los Concursos Educativos Virtuales 2021; Que, a través del Informe Nº 00911-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases Generales y Especí fi cas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, que contienen los Juegos Florales Escolares Nacionales, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, el Concurso Nacional Crea y Emprende, la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática y la XXXI Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología “Eureka”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las Bases Generales y Especí fi cas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, aprobados por el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular la difusión y promoción de los Concursos Educativos Virtuales 2021 señalados en el artículo 1 de la presente resolución, a través del portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y en las redes sociales o fi ciales del Ministerio de Educación, a fi n de garantizar la participación de los interesados. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE) ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1976854-1 Aprueban documento normativo denominado “Disposiciones para la Implementación del Modelo de Servicio Educativo para Personas Adultas Mayores en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Alternativa” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 236-2021-MINEDU Lima, 26 de julio de 2021 VISTOS, el Expediente Nº 0031706-2021, los Informes Nº 00184-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, Nº 00249-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA y Nº 00294-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA de la Dirección de Educación Básica Alternativa de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe Nº 00785-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00912-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina de General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional