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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2021 (27/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / Que, el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, con Memorando N° D000244-2021-MIDIS-VMPES, emite opinión favorable sobre la propuesta de Directiva que regula el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS); Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina de Modernización, con Memorando N° D000676-2021-MIDIS–OGPPM e Informe N°D000065-2021-MIDIS-OM, emiten opinión favorable sobre la propuesta de ““Directiva de Procedimientos del Ciclo de Vida del Software del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Que, la O fi cina General de Administración, con Memorando N° D000516-2021-MIDIS-OGA, emite opinión favorable sobre la propuesta de “Directiva que regula el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS)”; Con los visados de la Dirección General de Focalización e Información Social, O fi cina General de Tecnologías de la Información, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la O fi cina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva Aprobar la Directiva N° 010 -2021-MIDIS denominada “Directiva que regula el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS)” según el texto que, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 067-2017-MIDIS que aprueba la Directiva N° 003-2017-MIDIS “Directiva que establece los lineamientos y procedimientos para el funcionamiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social”. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseSILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1976507-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban los índices de distribución de la regalía minera, correspondientes al mes de junio del año 2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 227-2021-EF/50 Lima, 26 de julio del 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, señala que tiene por objeto establecer la regalía minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la referida Ley defi ne a la regalía minera como la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 28258 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuye mensualmente los recursos recaudados por concepto de regalía minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la regalía minera, entre los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Nacionales; Que, los numerales 16.1, 16.2, 16.3 y 16.4 del artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2004-EF, señalan que para la distribución a que se re fi ere el artículo 8 de la Ley N° 28258, se tiene en cuenta la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación (MINEDU); asimismo, el numeral 16.5 del citado artículo establece que con toda la información que se exige en los citados numerales, el Ministerio de Economía y Finanzas determina los índices de distribución de la regalía minera, los mismos que son aprobados mensualmente a través de Resolución Ministerial; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución de la regalía minera, entre otros, son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, mediante los O fi cios N° 002-2021-INEI/DTDIS, N°s 000263, 000273, 000326 y 000394-2021-INEI/JEF; N° 000110-2021-SUNAT/7B0000 y N° 01190-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación (MINEDU), respectivamente, proporcionan información, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley N° 28258, a fi n que la Dirección General de Presupuesto Público efectúe los cálculos para la determinación de los índices de distribución de la regalía minera, correspondientes al mes de junio del año 2021; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución de la regalía minera, correspondientes al mes de junio del año 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera; en el Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo N° 157-2004-EF; y, en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los índices de distribución de la regalía minera, correspondientes al mes de junio del año 2021, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Nacionales bene fi ciados, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1976671-1